Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2013 (10/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Miercoles 10 de MORDAZA de 2013

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Articulo 6º.- FRACCIONAMIENTO A PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS Todos los fraccionamientos otorgados a personas Naturales y Juridicas, que se encuentren al dia o vencidos, cualquiera sea su estado de cobranza, durante la vigencia de la presente Ordenanza tendran el siguiente descuento: Por el pago de todas las cuotas pendientes o por el pago de cuotas del fraccionamiento, el 100% de los intereses moratorios y 100% de los intereses del fraccionamiento. Articulo 7º.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Los administrados que efectuen el pago al contado de la Multa se le aplicara el 80% de descuento a las Multas generadas al 30 de Junio del ano 2013. El pago de la multa no exime al administrado de la subsanacion de la obligacion administrativa y/o de la medida correctiva que corresponda. Articulo 8º.- GASTOS Y COSTAS PROCESALES Tratandose de deuda tributaria y no tributaria que se encuentren en Cobranza Coactiva, adicionalmente a los beneficios senalados precedentemente se condonara el 100% de los Gastos y Costas Procesales. Articulo 9º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El pago de las deudas tributarias con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de los recursos pendientes de atencion, de reconsideracion, reclamacion y/o apelacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al MORDAZA de estos beneficios. Cuando la deuda se encuentre impugnada ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, para acogerse a los beneficios, deberan presentar MORDAZA del cargo del escrito de desistimiento presentado ante los organos competentes. Las deudas tributarias formales y sustanciales que a la fecha de la publicacion de la Ordenanza hayan sido canceladas, no estaran sujetas a devolucion. Articulo 10º.- DEL PROCEDEMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Las deudas que se encuentren en procesos de ejecucion de medidas cautelares y/o las que se encuentren en MORDAZA de revision judicial del procedimiento de ejecucion coactiva y/o Queja ante el tribunal Fiscal, no gozaran de los beneficios previstos en la presente Ordenanza. Articulo 11º.- PLAZO DE VIGENCIA Los contribuyentes podran acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 20 de MORDAZA del 2013, transcurrido dicho plazo se procedera a ejecutar la cobranza del integro de las deudas tributarias y no tributarias. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Articulo Primero.- Deroguese o dejese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion asi como tambien para establecer su prorroga de ser el caso. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas y Unidades que la conforman, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaria General su publicacion, a la Oficina de Relaciones Publicas y Oficina de Informatica y Estadistica la difusion de sus alcances. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 959735-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban el Plan MORDAZA Distrital 2012 - 2022 del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 352-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para planificar el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, de conformidad con lo establecido por los articulos 194º y 195º, numeral 6, de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 79°, numeral 2.1, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que es funcion especifica exclusiva de municipalidades distritales, aprobar el plan MORDAZA distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, en concordancia con el articulo 15° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que prescribe que corresponde a las Municipalidades Distritales la formulacion y aprobacion de su Plan MORDAZA Distrital; Que, el articulo 21º de la Ordenanza Nº 620MML dispone que corresponde a las Municipalidades Distritales formular y aprobar su Plan MORDAZA y normativa especifica, en estricta sujecion a los lineamientos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del PLAM de MORDAZA, sus Reglamentos y normas conexas; Que, el articulo 22º de la MORDAZA MORDAZA mencionada, establece el procedimiento de aprobacion del Plan MORDAZA Distrital, senalando que el mismo debe realizarse dentro del plazo de noventa (90) dias calendario, senalando lo siguiente: 22.1. El gobierno local exhibira la propuesta del Plan MORDAZA Distrital en sus locales y a traves de la pagina Web, durante sesenta (60) dias calendario. 22.2 La propuesta del Plan MORDAZA Distrital, simultaneamente se remitira a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para opinion, a fin que dentro del plazo de sesenta dias emita sus observaciones y/o recomendaciones. 22.3 La Municipalidad Distrital dentro del plazo de sesenta dias, realizara audiencias publicas sobre el contenido del Plan, convocando a las universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones representativas del sector empresarial, profesional y laboral de la jurisdiccion. 22.4 Las personas naturales y juridicas dentro del plazo de sesenta (60) dias calendario, formularan sus observaciones y recomendaciones por escrito debidamente sustentadas. 22.5 El Equipo Tecnico responsable de la elaboracion del Plan MORDAZA Distrital, en el termino de treinta (30) dias calendario posteriores al plazo establecido en el numeral 22.1 incluira las recomendaciones o las desestimara emitiendo pronunciamiento fundamentado. La Municipalidad Distrital se pronunciara especificamente sobre las observaciones y recomendaciones que presente oficialmente la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, el articulo 23º de la Ordenanza Nº 620-MML indica que, concluido el procedimiento establecido en el articulo 22º, el Concejo Distrital mediante Ordenanza, aprobara el Plan MORDAZA Distrital, el cual tendra una vigencia de diez anos y, el articulo 24º de la citada MORDAZA dispone que la

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