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El Peruano Miércoles 10 de julio de 2013 499050 De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3) y 8) del artículo 9º, artículo 40º y numeral 10) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades: Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y ADECUA EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA A LA LEY N° 29090 Artículo Primero.- Aprobar Modifi cación de Denominación de Procedimiento, Requisitos y Derecho de Trámite con su Incorporación al TUPA Aprobar la modifi cación de la denominación del procedimiento de Rectifi cación de error material en el marco de las Leyes Nº 23625, Nº 24687, Nº 26389, Nº 27157 y Ordenanza Nº 068-94; requisitos y derecho de trámite, conforme consta en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Dicho procedimiento queda incorporado al TUPA. Artículo Segundo.- Aprobar Procedimientos, Requisitos y Derechos de Trámite Ley Nº 29090 Aprobar los procedimientos, requisitos y derechos de trámite vinculados con la Ley Nº 29090, modifi catorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA, conforme consta en el Anexo Nº 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Eliminar Procedimientos, Requisitos y Derechos de Trámite Eliminar los procedimientos, requisitos y derechos de trámite, conforme consta en el Anexo Nº 03 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Modifi cación e Incorporación de Procedimientos Administrativos del TUPA por adecuación a la Ley Nº 29090 Aprobar la Modifi cación e incorporación de procedimientos, requisitos y derechos de trámite del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1334, por adecuación a la Ley 29090 y su Reglamento; conforme consta en el Anexo Nº 04 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Publicación y Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y la referida norma y sus anexos serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. Lima, 25 de junio de 2013. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 959102-1 Desafectan uso del suelo calificado como área de recreación y le asignan el uso de vivienda, a terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima ORDENANZA N° 1717 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de junio del 2013, el Dictamen Nº 051-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 066-2013- MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Único.- Desafectar el Uso del Suelo del terreno de 2,320.60 m2, califi cado como área de recreación, ubicado entre las Mz. G1 y G6 (lado Norte y con frente principal a las Calles N° 49 y N° 50) del Asentamiento Humano 10 de Octubre, distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima y asignarle el uso de vivienda, de conformidad con califi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), aprobado mediante Ordenanza Nº 1081-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 04 de octubre del 2007. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 25 de junio de 2013. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 959116-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Disponen embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2013-DA/MDB Breña, 21 de junio del 2013 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA CONSIDERANDO: Que, en atención a la celebración del 64º. Aniversario de la Creación Política del Distrito de Breña y el 192º. Aniversario de la Declaración de la Independencia Nacional del Perú. Estando a lo expuesto en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 3) y 6) del Artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de los Inmuebles del Distrito de Breña, en las viviendas, locales comerciales e Instituciones Públicas y Privadas a partir del 01 de Julio al 31 de Julio del presente año, como acto cívico por conmemorarse en Homenaje al 64º. Aniversario de la Creación del Distrito de Breña, así como el 192º. Aniversario de la Independencia Nacional del Perú. Artículo Segundo.- DISPONGASE que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, con la limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus fachadas Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano , bajo responsabilidad y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática disponer su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Seguridad Ciudadana, exhortar a los vecinos del Distrito para que procedan al pintado de las fachadas de sus predios en contribución al acto celebratorio descrito en el Artículo 1º. del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a sus Sub Gerencias