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El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496287 del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el término de diez días, a partir del 03 al 12 de junio del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora PORFIRIA SIFUENTES POSTILLOS como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores, a partir del 03 al 12 de junio del presente año, por las vacaciones del doctor Cumbay Jiménez. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 944932-6 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 271-2013-CONAFU Lima, 25 de abril de 2013 VISTOS: La Ley N°29658, la Resolución N°420-2012- CONAFU de fecha 17 de agosto de 2012, el Ofi cio N°013- 2013-CONAFU-JABR recibido con fecha 10 de abril de 2013, el Ofi cio Nº0394-2013-CONAFU-CDAA de fecha 18 de abril de 2013, y el Acuerdo Nº325-2013-CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 25 de abril de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional. Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 9° del Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), se establece: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos, con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, el artículo 10° del Reglamento establece: “El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verifi cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el artículo 12º del referido Reglamento, establece: “Con la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, el artículo 19° del Reglamento, establece :” … Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la califi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas”; Que, mediante Ley N°29658 se crea la Universidad Nacional Autónoma de Huanta. Que, mediante Resolución N°420-2012-CONAFU de fecha 17 de agosto de 2012, se resuelve: “ARTÍCULO PRIMERO: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, presentada por la Secretaria General del Ministerio de Educación, Dra. Ursula Desilú León Chempén, en nombre de la Promotora, Ministerio de Educación; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Biotecnología, 2) Administración de Turismo Sostenible y Hotelería, 3) Ingeniería de Negocios Agronómicos y Forestales, 4) Ingeniería y Gestión Ambiental y 5) Zootecnia, cada una con treinta (30) vacantes por ciclo académico. ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR a los miembros de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, la cual estará integrada por los siguientes profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles, Presidente; Mg. Ludovina Gutiérrez Castro, Secretario y Lic. María Inés Valdivia Cornejo, Vocal”. Que, con Ofi cio N°013-2013-CONAFU-JABR recibido con fecha 10 de abril de 2013, el Presidente de la Comisión Califi cadora del PDI, presenta al Presidente del