TEXTO PAGINA: 112
El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496290 “Artículo 34. (...) c) Tener el grado académico de doctor, no necesariamente en su especialidad…”; Que, el Artículo 21° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades bajo competencia del CONAFU”, prescribe: EI cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada; Que, en el artículo 22º del Reglamento, establece: La Comisión Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros años (...).El cargo de miembro de Comisión Organizadora vaca por: a) Renuncia. b) Impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte incapacidad física, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada. (....); (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, por Resolución N° 659-2012-CONAFU de fecha 27 de diciembre de 2012, el Pleno del CONAFU resuelve en su Artículo Primero: Designar a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. Washington Zeballos Gámez, Presidente; Dr. Arrufo Alcántara Hernández, Vicepresidente Académico; y Dr. Manuel Israel Hernández García, Vicepresidente Administrativo; Que, mediante Carta N° 001-2013-MHG recibida en fecha 29 de abril de 2013 el Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María, Dr. Manuel Israel Hernández García, informa acerca de su decisión de renunciar al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María Arguedas; cargo por el que fue designado mediante Resolución N° 659-2012- CONAFU de fecha 27 de diciembre de 2012; Que, mediante Ofi cio Nº 0437-2013-CONAFU-CDAA de fecha 06 de mayo de 2013, la Comisión Académica da a conocer que con Carta N°001-2013-MHG, el Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María, Dr. Manuel Israel Hernández García, presenta su renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María Arguedas, asimismo la Comisión Académica informa al Pleno del CONAFU a fi n de resolver; Que, la Resolución N° 100-2005-CONAFU, establece en su artículo 22° inciso a), que el cargo de miembro de la Comisión Organizadora de una Universidad bajo competencia del CONAFU vaca por renuncia. En este sentido, se debe aceptar la renuncia presentada por el administrado y declarar la vacancia del cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, en Sesión, de fecha 08 de mayo de 2013 después de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 359-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Aceptar la renuncia del Dr. Manuel Israel Hernández García en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas. 2) Declarar la vacancia en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas. 3) Designar al Dr. Adolfo Del Cóndor y Condori en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, en concordancia con el inciso f) del artículo 10 del estatuto del CONAFU que establece que una de las atribuciones del Pleno del CONAFU: “Constituirse, en Asamblea Universitaria de las universidades bajo competencia del CONAFU, en representación de la Comunidad universitaria y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 29 de la Ley Universitaria N° 23733”, y; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”, de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia del Dr. Manuel Israel Hernández García en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas. Artículo Segundo.- DECLARAR LA VACANCIA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Dr. Adolfo Del Cóndor y Condori en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional José María Arguedas. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente MARGARITA ISABEL LA TORRE ARELLANO Secretaria General 944004-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Peruana Los Andes ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0761-2013-ANR Lima, 21 de mayo de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 0214-SG/UPLA-2013, de fecha 10 de abril de 2013, informe Nº 66-2013-DGDAC, de fecha 17 de abril de 2013, memorando Nº 417-2013-SE, de fecha 23 de abril de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f); Que, por Resolución Nº 1622-2003-ANR, de fecha 15 de agosto de 2003, se aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Peruana Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo; Que, mediante el ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad Peruana Los Andes solicita el reconocimiento y ofi cialización de los siguientes