Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2013 (08/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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aprueba modelos de documentos para la inscripcion de Mancomunidades Municipales; Que, de acuerdo con lo expuesto, resulta pertinente modificar el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1, es decir, mediante Decreto Supremo y que en ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3 del citado articulo de Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, asimismo, el numeral 38.2 del articulo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que cada 2 (dos) anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podran hacerlo MORDAZA, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se computara a partir de la fecha de la MORDAZA publicacion del mismo; y, De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1°.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, aprobado por Decreto Supremo N° 0052009-PCM, y modificado por el Decreto Supremo N° 0672009-PCM, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto Supremo, con el Formulario de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica, debera ser publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 947967-5 CONSIDERANDO:

El Peruano Sabado 8 de junio de 2013

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Cusca, de la provincia de Corongo; distrito de Ocros, de la provincia de Ocros; distrito de Yungay, de la provincia de Yungay; y, el distrito de Pacllon, de la provincia de Bolognesi, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 066-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2013-PCM publicado el 11 de MORDAZA del 2013, se aprobo la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Pacllon, de la provincia de Bolognesi; en el distrito de Independencia, de la provincia de Huaraz; en el distrito de Malvas, de la provincia de Huarmey; en los distritos de Masin y Chavin de Huantar, de la provincia de Huari; en el distrito de Yungay, de la provincia de Yungay; en el distrito de Ocros, de la provincia de Ocros; en los distritos de Cusca y Aco, de la provincia de Corongo; y, en el distrito de Huacllan, de la provincia de Aija, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, en determinados lugares del departamento de MORDAZA continuan las intensas precipitaciones pluviales incrementandose el caudal de los MORDAZA y sus afluentes, produciendo deslizamientos y desbordes, inundaciones de gran volumen, ocasionando danos de magnitud en viviendas, caminos rurales, puentes carrozables y peatonales, carreteras, MORDAZA de riego, infraestructura diversa, entre otros, dejando poblaciones damnificadas; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, con Oficio Nº 216-2013-REGION ANCASH-GRRNyGMA de fecha 04 de junio de 2013, sustentado en el Informe Tecnico Nº 012013-GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, ha solicitado la prorroga del Estado de Emergencia, solo para el distrito de Cusca, en la provincia de Corongo; para el distrito de Ocros, en la provincia de Ocros; para el distrito de Yungay, en la provincia de Yungay; y, para el distrito de Pacllon, en la provincia de Bolognesi, en el departamento de MORDAZA, en razon a que se encuentran formulando las Fichas Tecnicas de Actividades de Emergencia para presentarlo ante el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI y Fichas Tecnicas de PIP´s de Emergencia para presentarlo ante el Ministerio de Economia y Finanzas ­ MEF, para los trabajos de rehabilitacion de los servicios interrumpidos y la infraestructura diversa danada, los que requieren de la atencion inmediata por el bienestar de la poblacion de dichas localidades; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con el Informe Tecnico Nº 0006-2013-INDECI/11.0 de fecha 05 de junio del 2013, teniendo en consideracion el pedido efectuado por el Gobierno Regional de MORDAZA, asi como el Informe de Emergencia Nº 255-27/04/2013/COEN-INDECI/12:00 HORAS, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del INDECI, que consolida la informacion proporcionada por dicho Gobierno Regional en el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion ­ SINPAD; se pronuncia emitiendo informe favorable para que se apruebe la prorroga del Estado de Emergencia en el distrito de Cusca, de la provincia de Corongo; en el distrito de Ocros, de la provincia de Ocros; en el distrito de Yungay, de la provincia de Yungay; y, en el distrito de Pacllon, de la provincia de Bolognesi, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para continuar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta, asi como de rehabilitacion que permita la recuperacion de los servicios basicos, vias de comunicacion, infraestructura diversa y otros recursos materiales afectados; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 038-2013-PCM y siendo necesario continuar con la ejecucion de las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y, prioritariamente de rehabilitacion, en cuanto correspondan; es necesario prorrogar el periodo del Estado de Emergencia en las mencionadas zonas afectadas; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica;

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