Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2013 (08/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 8 de junio de 2013

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Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 947966-11

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA POLAR Figari y del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA COLUNGE MORDAZA, para que participen en la mencionada Conferencia de Planeamiento; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, con el fin de prever la participacion del citado personal en la actividad programada, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion; asi como, su retorno UN (1) dias despues, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, los gastos que ocasione la presente Comision de Servicio, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA POLAR Figari, CIP. 04834215, DNI. 43329799 y del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA COLUNGE MORDAZA, CIP. 04828288, DNI. 43316323, para que participen en la Conferencia de Planeamiento Final del Ejercicio Multinacional "UNITAS 54" Fase Caribe y Fase MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 11 al 20 de junio de 2013; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 10 y su retorno el 21 de junio de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Cartagena Indias (Republica de Colombia) - MORDAZA US$. 980.00 x 2 personas US$ 1,960.00 Viaticos: US$. 200.00 x 10 dias x 2 personas US$ 4,000.00

Designan temporalmente a Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 478-2013-DE/SG MORDAZA, 7 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28830, se reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN como institucion de perfeccionamiento de nivel de postgrado academico, con facultades para organizar y desarrollar programas de Maestrias y Doctorados, con mencion en Desarrollo, Seguridad y Defensa Nacional y como tal confiere los MORDAZA academicos respectivos; Que, el articulo 66º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, establece que el Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN, es el organo academico de mas alto nivel del Sector Defensa, responsable de la capacitacion, especializacion, perfeccionamiento e investigacion, en aspectos de Seguridad y Defensa Nacional, a nivel de postgrado, en concordancia con la Politica de Seguridad y Defensa Nacional, y depende del Ministerio de Defensa; Que, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2012-DE, mediante el cual se modifica la Unica Disposicion Final del Reglamento de la Ley Nº 28830, los miembros del Consejo Superior son designados mediante Resolucion Ministerial del Sector Defensa; Que, el cargo de Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN se encuentra vacante, por lo que es necesario efectuar la designacion correspondiente; Que, en ese sentido, en tanto se designe al Director General Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN, resulta necesario designar temporalmente al funcionario que ejercera el cargo de Director General de dicho organo academico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, y el numeral 37) del articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar temporalmente al Senor General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales ­ CAEN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 947965-1

TOTAL A PAGAR: US$ 5,960.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Los Oficiales Superiores comisionados, deberan dar cumplimiento con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial Superior mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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