Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2013 (08/06/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 19
El Peruano Sabado 8 de junio de 2013
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Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 947966-11
Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA POLAR Figari y del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA COLUNGE MORDAZA, para que participen en la mencionada Conferencia de Planeamiento; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, con el fin de prever la participacion del citado personal en la actividad programada, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion; asi como, su retorno UN (1) dias despues, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, los gastos que ocasione la presente Comision de Servicio, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA POLAR Figari, CIP. 04834215, DNI. 43329799 y del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA COLUNGE MORDAZA, CIP. 04828288, DNI. 43316323, para que participen en la Conferencia de Planeamiento Final del Ejercicio Multinacional "UNITAS 54" Fase Caribe y Fase MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 11 al 20 de junio de 2013; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 10 y su retorno el 21 de junio de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Cartagena Indias (Republica de Colombia) - MORDAZA US$. 980.00 x 2 personas US$ 1,960.00 Viaticos: US$. 200.00 x 10 dias x 2 personas US$ 4,000.00
Designan temporalmente a Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 478-2013-DE/SG MORDAZA, 7 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28830, se reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN como institucion de perfeccionamiento de nivel de postgrado academico, con facultades para organizar y desarrollar programas de Maestrias y Doctorados, con mencion en Desarrollo, Seguridad y Defensa Nacional y como tal confiere los MORDAZA academicos respectivos; Que, el articulo 66º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, establece que el Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN, es el organo academico de mas alto nivel del Sector Defensa, responsable de la capacitacion, especializacion, perfeccionamiento e investigacion, en aspectos de Seguridad y Defensa Nacional, a nivel de postgrado, en concordancia con la Politica de Seguridad y Defensa Nacional, y depende del Ministerio de Defensa; Que, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2012-DE, mediante el cual se modifica la Unica Disposicion Final del Reglamento de la Ley Nº 28830, los miembros del Consejo Superior son designados mediante Resolucion Ministerial del Sector Defensa; Que, el cargo de Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN se encuentra vacante, por lo que es necesario efectuar la designacion correspondiente; Que, en ese sentido, en tanto se designe al Director General Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN, resulta necesario designar temporalmente al funcionario que ejercera el cargo de Director General de dicho organo academico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, y el numeral 37) del articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar temporalmente al Senor General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales CAEN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 947965-1
TOTAL A PAGAR: US$ 5,960.00
Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Los Oficiales Superiores comisionados, deberan dar cumplimiento con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial Superior mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.