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El Peruano Domingo 9 de junio de 2013 496869 Que, el artículo 9 de la precitada Resolución Suprema dispuso que la Comisión Multisectorial tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, a partir de la publicación de dicha Resolución, siendo que al término de dicho plazo deberá presentar a la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la propuesta del Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2012-2021; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad cuenta, entre sus unidades orgánicas, con la Dirección de Fortalecimiento de las Familias; Que, mediante Informe N° 021-2012-MIMP-DGFC- DIFF-MCLOT de la Dirección de Fortalecimiento de las Familias de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se informa que en Sesión Ordinaria Nº 04 del 28 de agosto de 2012, la mencionada Comisión Multisectorial ha acordado aprobar un Plan de Trabajo cuyas actividades abarcan hasta el mes de enero del año 2013, a cuyo término se presentará la versión fi nal de la propuesta del Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2012-2021, una vez que haya sido difundido a nivel de los diversos Sectores y gobiernos subnacionales a fi n de obtener observaciones y recomendaciones de los actores involucrados con la temática de familia, con el objetivo de elaborar un Plan Nacional participativo y obtener la legitimidad del proceso; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se modifi que la Resolución Suprema Nº 190-2012-PCM que creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, encargada de elaborar la propuesta de Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2012-2021, adecuándola a la estructura orgánica y funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; asimismo, otorgar un plazo adicional de noventa (90) días calendario al plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial originalmente establecido en el artículo 9 de la citada Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el último párrafo del artículo 3 de la Resolución Suprema Nº 190-2012-PCM, en los siguientes términos: “Artículo 3º.- De las Funciones de la Comisión Multisectorial (…) Para el ejercicio de sus funciones, la Comisión Multisectorial contará con una Secretaría Técnica, la que estará a cargo de la Dirección de Fortalecimiento de las Familias de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.” Artículo 2º.- Otorgar un plazo de noventa (90) días calendario adicionales, contados a partir de la vigencia del presente dispositivo, para que la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, concluya con elaborar y presentar la propuesta del Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2012-2021 a la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3º.- Precísese que la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, encargada de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2012-2021, mantiene su vigencia hasta el cumplimiento del plazo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los(as) Ministros(as) de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de Justicia y Derechos Humanos; de Educación; de Trabajo y Promoción del Empleo; de Salud; del Interior; de Transportes y Comunicaciones; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Cultura; y de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 948029-9 DEFENSA Autorizan viaje del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2013-DE/ Lima, 8 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, del 10 al 13 de junio del presente año, el señor Presidente de la República realizará una visita ofi cial a los Estados Unidos de América, con la fi nalidad de fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales entre ambos países, tratando diversos aspectos de interés para el país, entre ellos, el fortalecer la cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa, y en la Industria para la Defensa;