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El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497252 distrito de Santiago de Surco, sector que no se ubica entre los sectores priorizados en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 388-MSS, este mismo artículo posibilita la atención de los demás sectores cuando se trate de lotes rústicos y/o semi rústicos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas; en ese sentido resulta procedente habilitar de ofi cio el predio en cuestión; Que, el predio denominado como Casa Letra C- 1, ubicado frente a la Av. Reynaldo Vivanco Nº 669, que formó parte de un área de mayor extensión, fue independizada con un área de 450.00m2, e inscrito en la Ficha Nº 101331, continuada en la Partida Registral Nº 49052294; dicha independización se realizó a favor de Construcciones Civiles del Perú S.A, en mérito al Título Nº 10908, de fecha 11 de Enero de 1974, en el cual se dejó constancia que el pasaje y el parque de distribución es de servidumbre común para todas las casas, menos, entre otras para el predio denominado Casa C-1; en ese sentido no existe participación de dicho predio en las áreas comunes; Que, el Informe Nº 372-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de la Habilitación Urbana de Ofi cio del predio mencionado, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo declare; Estando al Informe Nº 148-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 207-2013- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, al Informe Nº 372-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y al amparo de la Ley Nº 29090 y su modifi catoria Ley Nº 29898, Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la HABILITACIÓN URBANA DE OFICIO del predio denominado Mz. VIII, Casa C-1, Ex parcelación Semirústicas Santa Teresa, ubicado con frente a la Av. Coronel Reynaldo Vivanco, Sector 6, del distrito de Santiago de Surco, inscrito en la Ficha Nº 101331, continuada en la Partida Registral Nº 49052294, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, con un área total de 450.00 m2, de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por el señor Emilio Blanco Blasco y su esposa señora Amelia Bernal Arrieta, de acuerdo a los planos PU-008-2013-SGPUC-GDU-MSS, PP-009- 2013-SGPUC-GDU-MSS y PTL-010-2013-SGPUC-GDU- MSS, PA-011-2013-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban en la presente Resolución, formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas del predio ubicado con frente a la Av. Coronel Reynaldo Vivanco Nº 669, Sector 6, del distrito de Santiago de Surco, contenidos en el plano PTL-010-2013-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS EXPARCELACIÓN SEMIRÚSTICA SANTA TERESA MZ. VIII CASA C-1 DESCRIPCION ÁREA TOTAL (m2) % GENERAL ÁREA DE VIVIENDA 450.00 100.00 ÁREA DE VIA 0.00 0.00 ÁREA BRUTA 450.00 100.00 Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral a uso urbano del lote que se declaró la Habilitación Urbana de Ofi cio, de acuerdo a los planos PU-008-2013- SGPUC-GDU-MSS, PP-009-2013-SGPUC-GDU-MSS y PTL-010-2013-SGPUC-GDU-MSS, PA-011-2013-SGPUC- GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 949745-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos en un 12% en el distrito de Villa María del Triunfo DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 003-2013/MVMT Villa María, 6 de junio del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO el Memorándum Nº 746-2013-GM/MVMT de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 26-2013-GSCYGA/ GM/MVMT, de fecha 17 de abril del 2013 de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, mediante el cual se eleva para su aprobación el PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA COMO PARTE DEL PROCESO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS EN UN 12% EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, para su aprobación y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 205-2013-SGLPYM/ GSCGA/MDVMT, de fecha 18 de abril del 2013, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, remite el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 12% en el distrito de Villa María del Triunfo Periodo 2013, adjuntando el proyecto de de decreto de alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 026-2013-GSCYGA- MVMT, de fecha 17 de abril del 2013, la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, remite a la Gerencia Municipal el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 12% en el distrito de Villa María del Triunfo, periodo 2013, adjuntando el proyecto del decreto de alcaldía; Que, mediante el Memorándum Nº 1127-2013- GPP/ MVMT, de fecha 28 de mayo del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, traslada el Proyecto del “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 12% en el distrito de Villa María del Triunfo” a la Gerencia de Asesoría jurídica, a fi n de proseguir con los trámites para su aprobación, emitiendo opinión favorable, indicando que la Corporación Edil cuenta con la disponibilidad y crédito presupuestario para su ejecución; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 230-2013-GAJ/MVMT, de fecha 29 de mayo del 2013, concluye que es procedente la