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El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497237 Que, con Memorándum Nº 491-2013-GAF-MDMM de fecha 05 de junio de 2013, la Gerencia de Administración y Finanzas otorga disponibilidad fi nanciera supeditada a la aprobación del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 348-2013-GAJ-MDMM de fecha 04 de junio de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es pertinente se apruebe la autorización de viaje del Gerente de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA, indicando que el mismo constituye de interés institucional y podrá repercutir en benefi cio del distrito al ser un encuentro en el que se analizará los factores que hacen de la Educación una variable estratégica de la sociedad del conocimiento y la presentación de modelos de buenas prácticas, mismos que podrán ser difundidos y transmitidos a nuestra comunidad para su aplicación y benefi cio; Que, de la revisión de los actuados se advierte que se ha cumplido con sustentar el interés de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y se ha indicado expresamente el motivo del viaje, así como el número de días de duración. El monto de los viáticos ha sido calculado conforme a la tarifa establecida en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM – normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que: “(…) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las autorizaciones de viaje al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberán de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, resulta pertinente aprobar la autorización de viaje al Gerente de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA para que asista al XIV Encuentro Internacional Virtual Educa Colombia 2013 organizado por el Gobierno de la República de Colombia, a través del Ministerio de Educación Nacional (MEN), la Secretaria General de la OEA y Virtual Educa durante el periodo del 17 al 21 de junio de 2013, en representación de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11) del artículo 9º y artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país del Gerente de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA, para que participe en el XIV Encuentro Internacional Virtual Educa Colombia 2013, organizado por el Gobierno de la República de Colombia, a desarrollarse del 17 al 21 de junio de 2013. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente acuerdo, se efectúa con cargo al presupuesto institucional de acuerdo al siguiente detalle, tal como se precisa en el Informe Nº 322-2013-SGL-GAF-MDMM de la Sub Gerencia de Logística: Pasajes : S/. 1,952.07 (incluida tarifa CORPAC - TUUA) Viáticos : S/. 5,124.50 ----------------- Total : S/. 7,076.57 Artículo 3º.- ESTABLECER que dentro de los quince días calendario posteriores al retorno del viaje, al Gerente de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA, deberá presentar a la Municipalidad Distrital del Magdalena del Mar un informe detallado sobre las acciones realizadas y los gastos efectuados, así como la rendición de cuentas conforme a Ley. Artículo 4º- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de Logística las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 950816-1 Autorizan viajes de Regidores a EE.UU., para participar en el evento “Democracia Local y Gobiernos Municipales: Hacia una Prestación de Servicios Públicos Efectiva” ACUERDO DE CONCEJO Nº 050-2013-AC-MDMM Magdalena del Mar, 5 de junio de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 012 de la fecha; y, VISTO: El documento S/N de fecha 23 de mayo del 2013 presentado en nombre del Alcalde del Condado Miami – Dade, de la Junta de Comisionados del Condado de Miami – Dade, el Banco Mundial y el Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Florida; el Informe Nº 321-2013-SGL-GAF-MDMM de la Sub Gerencia de Logística de fecha 03 de junio de 2013; el Memorándum Nº 328-2013-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de fecha 03 de junio de 2013; el Memorándum Nº 484-2013-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración y Finanzas de fecha 03 de junio de 2013 y el Informe Nº 339-2013-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 03 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante documento S/N de fecha 23 de mayo del 2013 presentado en nombre del Alcalde del Condado Miami – Dade, de la Junta de Comisionados del Condado de Miami – Dade, el Banco Mundial y el Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Florida se remite al Sr. Regidor, Víctor Martin Livia Gonzales, la invitación para participar en la XIX Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales que se llevará a cabo del 17 al 20 de Junio de 2013 en el Hotel Hilton Miami Downtown en Miami - Florida, Estados Unidos cuyo tema es “Democracia Local y Gobiernos Municipales: Hacia una Prestación de Servicios Públicos Efectiva”;