Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 98

497240
Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de Logistica las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 950841-1

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

Articulo 2º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer facilidades para la regularizacion de obligaciones formales y/o sustanciales, siendo aplicable para aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) y obligaciones no tributaria (multas administrativas) pendientes de pago hasta el 31 de MORDAZA del 2013 en la instancia de cobranza ordinaria, coactiva y/o judicial. Articulo 3º.- Plazo El plazo para acogerse a las facilidades que concede la presente Ordenanza vence el 31 de MORDAZA del ano 2013. CAPITULO II DE LAS FACILIDADES Articulo 4º.- De las Deudas Tributarias Las facilidades concebidas en materia tributaria se aplican de la siguiente manera: 1. De las Obligaciones Tributarias Sustanciales: Por el pago al contado de las obligaciones Tributarias del Impuesto Predial del ejercicio 2013, se condonaraael 100% de los reajustes e intereses moratorios correspondientes a la deuda de anos anteriores al ano 2013 y se aplicaran descuentos escalonados en los montos insolutos de arbitrios municipales conforme a los siguientes criterios: 1.1. Si a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza tienen deudas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013: a. Arbitrios 2009 35% b. Arbitrios 2010 25% c. Arbitrios 2011 15% d. Arbitrios 2012 10% e. Arbitrios anteriores al 2009, tendran un descuento del 70% 1.2. Si para el ejercicio 2013 no registra deuda por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales: a. Arbitrios 2009 50% b. Arbitrios 2010 40% c. Arbitrios 2011 30% d. Arbitrios 2012 20% e. Arbitrios anteriores al 2009, tendran un descuento del 90% 2. De las sanciones por incumplimiento de las obligaciones tributarias formales: Por el pago al contado del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2013, hasta la MORDAZA cuota trimestral vencida se condonara el 100% de los reajustes e intereses moratorios, asi como el 100% de la Multa Tributaria. La condonacion de la Multa Tributaria no exime al obligado de cumplir con la obligacion formal pendiente. 3. Por el pago al contado de todas las cuotas pendientes de cancelacion de los convenios de fraccionamientos se condonara el 100% del interes moratorio y 100% del interes de fraccionamiento no devengado al 31 de MORDAZA del 2013. 4. Producto del acogimiento al presente beneficio, los administrados cuya deuda se encuentre en cobranza coactiva y que no cuenten con medida cautelar firme, gozaran del 100% de condonacion de los gastos administrativos y de las costas procesales. Articulo 5º.- De las Multas Administrativas Los beneficios concedidos por concepto de multas administrativas se aplican en el siguiente orden: 1. Del insoluto: Los administrados que cancelen al contado las multas administrativas impuestas hasta la vigencia de la presente Ordenanza, gozaran de los siguientes beneficios:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que establecen facilidades para regularizar obligaciones formales y/o sustanciales
ORDENANZA Nº 221-CDPP MORDAZA MORDAZA, 13 de junio de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA PIEDRA; VISTO: en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 191-2013-GAT-MDPP, de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 185-2013GAJ-MDPP de la Gerencia de Asesoria Juridica sobre la propuesta de Ordenanza que aprueba los beneficios tributarios y no tributarios en el Distrito de MORDAZA Piedra; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que conforme al Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del D.S.Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza podran condonar los intereses y sanciones en forma general a sus contribuyentes; Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales; Que, la Gerencia de Administracion Tributaria, a traves de su INFORME Nº -2013-GAT-MDPP, alcanza la propuesta de Ordenanza que otorga un beneficio tributario y no tributario en el distrito, contandose a la vez con la opinion favorable a traves del INFORME Nº 00002013GAJ-MDPP, de la Gerencia de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y el D.S. Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias y POR MAYORIA, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion a todos los contribuyentes que tengan predios dentro de la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA Piedra.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.