Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion, y; Que, ante acciones competenciales interpuestas por la Municipalidad de MORDAZA contra la Municipalidad de Lurin, el Tribunal Constitucional, calificado como el supremo interprete de la Constitucion y las leyes ha senalado en forma reiterada que la competencia para determinar los limites de los gobiernos locales en conflicto, le corresponde al Congreso de la Republica, empero ha ordenado en forma categorica que la Municipalidad de MORDAZA a traves de sus funcionarios, se abstenga de ejercer actos de administracion y jurisdiccion sobre areas cuyo statu quo posesorio corresponden a la jurisdiccion de Lurin por derecho e inmemorable posesion, y; Que, esta propuesta fue ampliamente analizada por el Concejo, quienes con las facultades que le confiere la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y con la dispensa del tramite de Aprobacion de Actas el Concejo Municipal aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- RECHAZAR las acciones violentas de agresion al Pueblo de Lurin que viene ejecutando continuamente el MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lezcano. Articulo Segundo.- RECHAZAR las afirmaciones vertidas por el MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contrarias a la gestion de la Municipalidad de MORDAZA y desconociendo el esfuerzo de la senora Alcaldesa MORDAZA Villaran de la MORDAZA quien en todo momento viene propiciando la Mesa de Dialogo como mecanismo legal para el MORDAZA de Demarcacion Territorial que involucra a ambos distritos. Con tal actitud no solo agravia a la verdad sino que pretende sorprender a la opinion publica presentandose como una persona que busca la paz y la MORDAZA, sin embargo promueve constantes agresiones contra el pueblo de Lurin , escudandose en oficios y cartas con contenidos falsos, tergiversando la verdad y ocultando asi sus reiteradas agresiones. Articulo Tercero.REAFIRMAR nuestra permanente posicion de dialogo y consideramos que los llamados a establecer los limites y demarcacion territorial (pronunciarse sobre presuntos ambitos de controversia territorial) son los vecinos involucrados a traves del MORDAZA de consulta vecinal, propuesta que fue alcanzada por el MORDAZA de Lurin en la reunion llevada a cabo en el ano 2008 en el domicilio del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camader a su invitacion, la misma que fue rechazada por el MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lezcano. Articulo Cuarto.- RESPONSABILIZAR al MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los actos de violencia que afecten la integridad de los vecinos de nuestro distrito y las consecuencias de los danos que sufra el patrimonio vecinal de Lurin ante los hechos senalados. Articulo Quinto.- RESPALDAR las acciones de nuestro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en las gestiones que viene realizando a favor de la demarcacion territorial y expresar nuestra voluntad de dialogo una vez que cesen los actos de hostigamiento y agresion por parte del MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA en contra del pueblo de Lurin. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 950346-1

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan viaje del Gerente de Educacion, Cultura, Deportes y DEMUNA a Colombia, para participar en el XIV Encuentro Internacional Virtual Educa Colombia 2013
ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2013-AC-MDMM MORDAZA MORDAZA, 5 de junio de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 12 de la fecha, y; VISTO: El documento simple Nº 06415 de fecha 13 de MORDAZA de 2013 presentado por la Secretaria General de Virtual Educa, el Memorando Nº 098-2013-GECDD-MDMM de la Gerencia de Educacion, Cultura, Deportes y DEMUNA de fecha 04 de junio de 2013, el Informe Nº 322-2013-SGLGAF-MDMM de la Sub Gerencia de Logistica de fecha 04 de junio de 2013, el Memorandum Nº 332-2013-GPP/ MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de fecha 5 de junio de 2013, el Memorandum Nº 491-2013GAF-MDMM de la Gerencia de Administracion y Finanzas de fecha 05 de junio de 2013 y el Informe Nº 348-2013GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 04 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Documento Simple Nº 06415 de fecha 13 de MORDAZA de 2013 presentado por la Secretaria General de Virtual Educa, donde invita a la participacion en el XIV Encuentro Internacional Virtual Educa Colombia 2013 organizado por el Gobierno de la Republica de Colombia, a traves del Ministerio de Educacion Nacional (MEN), la Secretaria General de la OEA y Virtual Educa durante el periodo del 17 al 21 de junio de 2013; Que, con Informe Nº 322-2013-SGL-GAF/MDMM de fecha 04 de Junio del 2013, la Sub Gerencia de Logistica, remite los gastos que demandara el viaje a la MORDAZA de Medellin ­ Colombia del Gerente de Educacion Cultura, Deportes y DEMUNA, en el cual se incluye costo de pasajes y viaticos; Que, con Memorando Nº 332-2013-GPP/MDMM de fecha 05 de Junio del 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que los gastos para la participacion del Funcionario en el evento a realizarse en Medellin ­ Colombia durante el periodo comprendido entre el 17 al 21 de junio del presente ano, sera atendido con la respectiva Certificacion de Credito Presupuestario en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, Rubro 08 Impuestos Municipales, especifica de gastos 2.3.2.1.1.1 Pasajes y gastos de transporte por el monto de S/. 1,952.10 (Mil novecientos cincuenta y dos y 10/100 nuevos soles) y la especifica de gastos 2.3.2.1.1.2 Viaticos y Asignaciones por comision de servicio, por el monto de S/. 5,124.50 (Cinco mil ciento veinticuatro y 50/100 nuevos soles) haciendo un total de S/. 7,076.60 (Siete mil setenta y seis y 60/100 nuevos soles);

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