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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (20/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Jueves 20 de junio de 2013 497590 comisionados, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Cuarto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que disponga las acciones administrativas para su implementación. Articulo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase. TOMAS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional 951835-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Autorizan al Ejecutivo del Gobierno Regional efectuar Transferencia Financiera a favor de los pliegos gobiernos locales y distritales ACUERDO REGIONAL Nº 040-2013-GRP-CRP Puno, 13 de junio de 2013 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. VISTO: En sesión ordinaria de Consejo Regional, llevado a cabo el trece de junio 2013, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1140-2013-GR-PUNO/PR de fecha 03 junio 2013, el Presidente del Gobierno Regional Puno, solicita autorización para transferencia fi nanciera a favor de 76 proyectos seleccionados que cuentan con perfi les viables y sus respectivos expedientes técnicos, quienes participaron en el proyecto SABA segunda convocatoria pública efectuada por el Gobierno Regional mediante la Dirección de Vivienda, Construcción y Saneamiento; frente a la gran demanda y acogida que tuvo esta segunda convocatoria, el presupuesto asignado por el Gobierno Regional resultó insufi ciente para fi nanciar la totalidad de proyectos seleccionados, motivo por el cual desde el Ejecutivo Regional se ha solicitado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento pueda cofi nanciar la ejecución de los proyectos seleccionados, trámite que se realizó mediante Ofi cio Nº 793-2013-GGR-PUNO- PRE, encargándose las coordinaciones y el seguimiento a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quienes mediante Ofi cio Nº 144-2013-GR- PUNO/DRTCVC Puno, dan a conocer que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fi nanciará el 75% del costo de los 76 proyectos seleccionados y el 25% del costo restante será cofi nanciado por el Gobierno Regional. Que, conforme lo prescrito por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura orgánica básica de los gobiernos regionales lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador”, concordante con lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que señala: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal”. Que, el proceso de descentralización y cooperación entre los diferentes niveles de gobierno permitirá afrontar de manera exitosa la obtención de los objetivos del plan regional concertado que se viene implementando de manera progresiva, coordinando con los Gobiernos Provinciales y Distritales para la ejecución de proyectos de inversión pública. Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 en su Artículo 12º sobre: Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el año fi scal 2013, Autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades que a continuación se detallan: “…..(…), literal b) Las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en el convenio de cooperación internacional reembolsable y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente, literal c) “las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013” numeral 12.2. “las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la resolución del titular del pliego y el Acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario Ofi cial “El Peruano”, el Acuerdo de Concejo Municipal se publica en su página Web. Que, mediante Informe Legal Nº 377-2013-GR- PUNO/ORAJ, el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, sobre el particular da cuenta que el Artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por las Leyes Nros. 28652 y 29035 establece que En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales las transferencias fi nancieras a otro pliego presupuestario, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. En el presente caso, se tiene que los gobiernos locales benefi ciarios, han suscrito convenios con el Ministerio de Vivienda para la ejecución de sus correspondientes proyectos de saneamiento, faltando efectuar el aporte del Gobierno Regional Puno, en ese sentido el Ordenamiento Jurídico Nacional ha previsto la fi gura de la transferencia para fi nes de cumplimiento de actividades y/o proyectos propios de cada pliego presupuestario, requiriéndose previamente la opinión presupuestal favorable. Que, mediante Informe Nº 245-2013-GR-PUNO/ GRPPAT-SGP suscrito por el Sub Gerente de Presupuesto, de conformidad con el numeral 12.2, artículo 12 de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, certifi ca que existe la provisión presupuestaria de S/. 13´066,061.00 nuevos soles en la actividad 5002350 Transferencia Financiera a Gobiernos Locales, fuentes de fi nanciamiento recursos determinados; por consiguiente, se debe proseguir con el trámite correspondiente, pero además el Acuerdo de Consejo Regional y la Resolución del Titular del pliego, deben ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, igualmente las entidad pública que transfi ere los recursos fi nancieros, bajo responsabilidad, se encarga de las acciones de monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos públicos. Que, en uso de las atribuciones conferidas por Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos regionales y sus modifi catorias, el Pleno del Consejo Regional sometió a