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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (20/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Jueves 20 de junio de 2013 497586 ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS N° 3543-2013 N° Dirección Distrito Provincia Departamento 1 Calle Bolognesi N° 355 Olmos Lambayeque Lambayaque 2 Jr. Grau S/N Plaza de Armas Carmen Salcedo Carmen Salcedo Lucanas Ayacucho 3 Av. Nueve de Noviembre N° 155 y Jr. Piérola N° 409 y N° 417 Camaná Camaná Arequipa 4 Av. Tito Jaime Fernandez N° 579 Rupa Rupa Leoncio Prado Huánuco 5 Av. Fitzcarrald N° 265 con esquina Jr. Puno Tambopata Tambopata Madre de Dios 6 Jr, 25 de Diciembre N° 570 Ayaviri Melgar Puno 7 Jr. Yavari N° 335 - 363. Piso 3. Ofi cina 11 Iquitos Maynas Loreto 8 Av. Prolongación Pardo S/N - Dirección Subregional del Santa Chimbote Santa Ancash 9 Jr, Francisco Bolognesi N° 248. Segundo Piso. Interior 1 Tumbes Tumbes Tumbes 10 Urb. Las Mercedes Mz. B. Lote 1 lca lca lca 11 Av. Leopoldo Krause N° 421 Villa Rica Oxapampa Pasco 12 Av. Castilla N° 119 Tarma Tarma Junín 13 Jr. Tocache N° 320 Tocache Tocache San Martín 14 Calle San Pedro N° 380 Mz. 144 Lote 10 Sector VI Chepen Chepen La Libertad 15 Av, Los Libertadores Mz. B Lote 8 Urb, Los Libertadores San Vicente de Cañete Cañete Lima 952075-1 Autorizan al BBVA Continental el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 3585-2013 Lima, 11 de junio de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental el cierre temporal, de la agencia ubicada en calle Los Laureles 214 – Of. 210, esquina con cdra. 15 de Dos de Mayo, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, desde el 15.06.2013 y hasta por un plazo máximo de 100 días calendario. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 952076-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican la Ordenanza Regional Nº 028-AREQUIPA, que crea el Consejo Regional de la Mujer ORDENANZA REGIONAL Nº 229-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado modifi cado por la ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia…”; Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 60° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 – es función del Gobierno Regional formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Regionales; Que, consecuentemente el literal b) y h) del artículo precitado establecen que coordinan la ejecución de estos programas con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de género y el fortalecimiento de la economía regional; y, formulan acciones concretas orientando para la asistencia social en situación de riesgo y vulnerabilidad, como es el caso de las mujeres; Que, dentro de este marco normativo el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional N° 011-2007-GRA/ CR que estableció la voluntad política de crear el Consejo Regional de la Mujer, como una instancia de refl exión, concertación y formulación de propuestas normativas y de acciones concretadas que coadyuven a la efi ciencia de las políticas del Gobierno Regional en materia de equidad de género y de atención efectiva de la problemática de la mujer; Que, posteriormente se aprobó la Ordenanza Regional N° 028 – AREQUIPA, de fecha 06 de diciembre del 2007, mediante el cual se crea el Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa CREM AQP, como una instancia de coordinación del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Presidencia Regional, con el objetivo de concertar, coordinar y formular propuestas de políticas públicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas, conducentes a resolver la problemática de la mujer, con prioridad en las zonas alto andinas; Que, en tal sentido, mediante Ordenanza Regional N° 066 – AREQUIPA, se aprueba el Reglamento de Organización, Estructura y Funcionamiento del Consejo Regional de Arequipa del Consejo Regional de Arequipa, para su correcto funcionamiento y desempeño de sus objetivos ; sin embargo, conforme lo establece su reglamento dicho Consejo tiene un organización estructural jerárquica, similar a un órgano estructurado del Gobierno Regional, con diferentes instancias u ofi cinas, la cual la hace burocrática, considerando asimismo a representantes de Entidades Públicas bajo la subordinación del Consejo Regional de la Mujer; Que, esta estructura rígida, vertical y jerárquica, con la determinación de personal a su cargo, ha provocado que el Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa, no pueda cumplir con la fi nalidad y objetivo para el cual fue creada, por lo que, en atención al análisis y revisión, de la Comisión de la Mujer, Niño, Adolescente