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El Peruano Jueves 20 de junio de 2013 497578 supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Agencia Surcubamba en los términos recomendados por los órganos competentes; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar con efi cacia anticipada al 04 de mayo de 2013, la apertura de la Agencia Surcubamba, la cual se encuentra ubicada en la Calle Alfonso Ugarte s/n (2do. Piso del Palacio Municipal – Plaza Principal), del distrito de Surcubamba, de la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, a cargo de la Jefatura Regional 14 - Huancavelica de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 952497-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 200-2013/JNAC/RENIEC Lima, 18 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 000074-2013/GOR/JR8AREQ/ RENIEC (23MAY2013), emitido por la Jefatura Regional 8 - Arequipa, la Hoja de Elevación N° 000303-2013/ GOR/RENIEC (28MAY2013) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 001057-2013/ GAJ/RENIEC (10JUN2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que con fecha 15 de mayo de 2013, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa y el representante del RENIEC suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional, el mismo que tiene como objetivo el suministro de información relativa a la identidad de las personas que obran en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, para verifi car la identidad de los ciudadanos; Que mediante documento de vistos, la Jefatura Regional 8 – Arequipa señala que en virtud al Convenio antes indicado, la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter se compromete a ceder en uso gratuitamente un ambiente físico ubicado en la Av. Viña del Mar, segunda cuadra, del distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa; para el funcionamiento de una Agencia RENIEC; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, señala que el ambiente cedido por la Municipalidad Distrital Jacobo Hunter se encuentra totalmente implementado para dar inicio a los servicios que brinda una Agencia RENIEC en el indicado distrito; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Agencia Jacobo Hunter, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Agencia Jacobo Hunter, la cual se encuentra ubicada en la Av. Viña del Mar, segunda cuadra, del distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa, a cargo de la Jefatura Regional 8 - Arequipa de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 952497-2 Designan Sub Gerente de Calidad de la Gerencia de Calidad e Innovación del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 201-2013/JNAC/RENIEC Lima, 18 de junio de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 000195-2013/GCI/RENIEC (11JUN2013) de la Gerencia de Calidad e Innovación y el Memorando N° 002148-2013/GTH/SGPS/RENIEC (14JUN2013) de la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Ley Nº 26497; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 170-2013/ JNAC/RENIEC (24MAY2013), se encargó a partir del 25 de mayo de 2013 y hasta que se designe a su titular, al señor GONZÁLO ALONSO SÁNCHEZ LORENZO, Sub Gerente