Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2013 (23/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º numeral 11), indica que es atribucion del Concejo Municipal: Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA, que en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; conforme al articulo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que modifica el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los gastos que por concepto de viaticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, seran calculados conforme a la Escala de Viaticos por Zonas Geograficas, especificadas en dicha norma; Que, mediante Memorando Nº 326-2013-MDA/GM, la Gerencia Municipal remite la documentacion respecto al viaje del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate y dispone que Secretaria General lo eleve al Pleno del Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo 1º.- AUTORIZAR; el viaje al exterior del senor MORDAZA MORDAZA Majino, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, desde el dia 23 de junio hasta el 05 de MORDAZA del 2013, a la MORDAZA de Lille - MORDAZA, para participar en representacion de la Municipalidad Distrital de Ate en la 10º Reunion de la Comision de Cultura de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU), que se llevara a cabo los dias 26, 27 y 28 de junio del presente ano; asimismo, a la MORDAZA de Ourense ­ MORDAZA ­ Espana para participar en el encuentro programado por la Fundacion Feiras e Exposicions de Ourense, el dia 03 de MORDAZA del 2013; en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- AUTORIZAR; los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, segun el siguiente detalle: - Pasajes de Avion (ida y vuelta) - Viaticos (US$ 540.00 diarios x 04 dias) US$ US$ 2,295.00 2,160.00

El Peruano MORDAZA 23 de junio de 2013

Articulo 7º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Tesoreria, Gerencia de Planificacion, Sub Gerencia de Presupuesto, Gerencia de Cooperacion y Relaciones Nacionales e Internacionales y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 953659-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Crean el Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR - CHACLACAYO y aprueban su Reglamento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 288-MDCH Chaclacayo, 24 de MORDAZA de 2013 VISTO: En sesion de concejo de fecha, el Informe Nº 104-2013-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 102-2013-MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 09-2013-GDE/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Economico, el Informe Nº 015-2013/DEL/GDE/MDCH de la Division de Desarrollo Economico Local y el Acta de Constitucion del Comite Impulsor para la conformacion del Concejo Local de Fomento del Artesano; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo Nº 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico, tal como lo establece el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972; Que, el Articulo 195º numerales 7) y 8) de la Constitucion Politica del Peru, dispone que "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local". Por otro lado, tambien comprende la competencia de los Gobiernos Locales el "Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, turismo, conservacion de monumentos arqueologicos e historicos, cultura, recreacion y deporte, conforme la ley"; Que, la Ley del Artesano y el Desarrollo Artesanal Ley Nº 29073, en su Articulo 12º crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal ­ CONAFAR, en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo el cual reemplazara al Comite Consultivo de Artesania; por otro lado dicho articulado legal ha previsto, en el numeral 12.4), la creacion de un Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR como organo de coordinacion entre el sector publico y privado. La composicion y funciones son establecidas por MORDAZA local con rango de Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº008-2010MINCETUR, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29073, el mismo que decreta en su Articulo 2º la derogatoria del Decreto Supremo Nº001-2008-MINCETUR, con el cual se

Haciendo un total neto de US$ 4,455.00 (Cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional que representa al cambio del dia (S/. 2.775), la suma de S/. 12,362.62 (Doce mil trescientos sesenta y dos con 62/100 Nuevos Soles), para el pago de los costos por concepto de Billete de Avion y viaticos para el viaje MORDAZA mencionado; debiendo senalar que los gastos que irrogue los demas dias de estadia en el exterior del senor MORDAZA, seran cubiertos de su propio peculio; el egreso que demande el viaje autorizado, sera con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2013 de la Entidad. Articulo 3º.- AUTORIZAR; a la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion, proceda a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes, a fin de otorgar los creditos presupuestarios conforme a la autorizacion de viaje. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a la realizacion del viaje, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majino, presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5º.- ENCARGAR; al Primer Regidor de la Municipalidad Distrital de Ate, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Despacho de Alcaldia de acuerdo al articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; del 23 de junio hasta el 05 de MORDAZA del presente ano, en tanto dure la ausencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majino. Articulo 6º.- DISPONER; la transcripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano.

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