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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (23/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Domingo 23 de junio de 2013 497923 de los proyectos mencionados en los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y fi nanciero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional 953723-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Quilahuani, Tarucachi y Susapaya, y de la Municipalidad Provincial de Candarave, para la ejecución de proyectos de inversión pública ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 054-2013-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, veintitrés de mayo del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 13 prescribe que: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”, en tanto que el artículo 39 de la referida norma indica: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su artículo 12 regula lo relativo a las transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el año fi scal 2013 señalando lo siguiente: “12.1. Autorízase en el presente año fi scal, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades que a continuación se detallan: (…) c) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, y el mantenimiento de carreteras, y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles del gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013”. Asimismo, se establece “(…) 12.2. Las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan (…) y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad (…) el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; asimismo, se establece: “12.3. La entidad pública que transfi ere, (...) es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia (...)”. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, en su artículo 131 señala: “Los Acuerdos Regionales son decisiones del Consejo Regional (...) que declaran la voluntad del Consejo Regional, para que se practique un determinado acto o el ejecutivo regional se sujete a una conducta o norma institucional”. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 085- 2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre del 2012 se acordó: “Artículo Primero.- DISPONER la realización de coordinaciones entre el Consejo Regional de Tacna y el Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna a fi n de agotar todas las posibilidades técnicas y legales orientadas a que se pueda invertir mayores recursos en las provincias de Tarata y Candarave”, ello en razón a que históricamente las provincias de Tarata y Candarave han sido las menos favorecidas en la Región de Tacna en cuanto a la asignación presupuestal, sugiriéndose que se destine presupuesto del Gobierno Regional de Tacna con el fi n de que sea invertido en proyectos que sirvan para satisfacer sus distintas necesidades. Que, con Ofi cio Nº 830-2013-ORAJ-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 09 de Abril del 2013, recepcionado el 10 del mismo mes y año, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita la aprobación de la transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Quilahuani remitiendo la respectiva propuesta de Convenio, para la ejecución del PIP: “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Planta de Tratamiento de Aguas del C.P. Aricota del Distrito de Quilahuani – Candarave -Tacna”, por un monto de S/. 1’170,504.37 Nuevos Soles, adjuntándose los respectivos documentos e informes que sustentan su pedido. Que, con el Acuerdo de Concejo Nº 018-2013-CM/ MDQ-C de fecha 06 de marzo del 2013 emitido por la Municipalidad Distrital de Quilahuani, con el Ofi cio Nº 059-2013-A-MDQ/CT de fecha 12 de marzo del 2013 emitido por la Municipalidad Distrital de Quilahuani al Gobierno Regional de Tacna, con el proyecto de Convenio Específi co visado por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna, con el Ofi cio Nº 802-2013-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de abril del 2013 emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, con el Informe Nº 469-2013-ORAJ/GOB.REG.TAC de fecha 11 de abril del 2013, emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, con el Oficio Nº 958-2013-SGPRE-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA de fecha 18 de abril del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la iniciativa normativa emite el Dictamen Nº 016-2013-CR-COPPAT de fecha 21 de mayo del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta normativa: “APROBAR TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA A FAVOR DE