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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2013 (02/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 489941 Visto, Informe N° 01-2013/Comité de Selección – OCEX, de fecha 22 de febrero de 2013. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 29890 – Ley que modifi ca los artículos 3° y 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, otorgándole competencia sobre las Ofi cinas Comerciales en el Exterior (OCEX), y el artículo 3° de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el MINCETUR es competente para dictar y administrar las políticas de las ofi cinas comerciales del Perú en el exterior y para designar a los consejeros y agregados económicos comerciales; Que, el numeral 19 del artículo 5° de la Ley N° 27790, modifi cado por la Ley N° 29890, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, es competente para nombrar, mediante resolución ministerial, a los consejeros y agregados económicos comerciales de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29890, señala que la selección de los consejeros y agregados económicos comerciales se realiza por concurso público de méritos a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. La acreditación correspondiente por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se hará una vez concluido el concurso público y ofi cializado el nombramiento por el sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 290-2012- MINCETUR/DM, de fecha 11 de octubre de 2012, se resolvió designar al Comité de Selección que estará a cargo del procedimiento del Concurso Público de Méritos para la selección de los Consejeros y Agregados Económicos Comerciales de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el exterior; Que, con fecha 09 de noviembre de 2012, el MINCETUR convocó al Concurso Público de Méritos para la selección de Consejeros Económicos Comerciales del Perú en el Exterior, para las sedes de Bogotá – Colombia, Ciudad de Panamá – Panamá, París – Francia, Bruselas – Bélgica, Shanghai – China, Ginebra – Suiza, Estambul – Turquía, Washington D.C. – Estados Unidos de América; Que, mediante el documento del visto el Presidente del Comité de Selección a cargo del procedimiento del Concurso Público de Méritos para la selección de los Consejeros Económicos Comerciales, informa al Despacho Ministerial el detalle del desarrollo del concurso público de méritos y los resultados fi nales del mismo, donde fi gura como ganador de la vacante para ocupar el puesto de Consejero Económico Comercial del Perú en Bruselas, Bélgica el señor Luis Federico Olivares Pfl ucker; Que, en atención a lo señalado anteriormente, corresponde proceder a la designación del Consejero Económico Comercial del Perú que estará a cargo de la Ofi cina Comercial del Perú en Bruselas, Bélgica; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 29890, la Ley N° 27594, Ley que regula participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Luis Federico Olivares Pfl ucker, como Consejero Económico Comercial del Perú en Bruselas, Bélgica, funcionario de confi anza. Artículo 2°.- El Consejero Económico Comercial designado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial iniciará sus funciones en el exterior una vez obtenida la acreditación correspondiente. Artículo 3°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 29890, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a acreditar al Consejero Económico Comercial designado, ante el Gobierno de Bruselas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 906538-1 Aprueban el Reglamento Interno del Comité Consultivo de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2013-MINCETUR/DM Lima, 28 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 7° la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, el Comité Consultivo de Turismo es un órgano de coordinación con el sector privado en el ámbito del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el que tiene como una de sus funciones, la de proponer su reglamento interno y modifi catorias al Ministro de Comercio Exterior y Turismo para su aprobación; Que, el Comité Consultivo de Turismo, reunido en su segunda sesión ordinaria ha elaborado su Reglamento Interno, el mismo que ha sido presentado por su Presidenta para ser aprobado conforme a las normas legales antes referidas; Que, con la fi nalidad de regular el régimen interno y el desarrollo de las funciones del Comité Consultivo de Turismo, resulta necesario aprobar su Reglamento Interno; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del Reglamento Interno Aprobar el Reglamento Interno del Comité Consultivo de Turismo que como Anexo en cinco (05) folios, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su Anexo en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 906535-1 Autorizan viaje de funcionario del Viceministerio de Comercio Exterior a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2013-MINCETUR/DM Lima, 28 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Comunidad Andina - CAN, se llevará a cabo la IV Reunión del Consejo de Ministros de Agricultura, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el día 5 de marzo de 2013; Que, dicha reunión tiene por objeto abordar estrategias y acciones conjuntas entre los países miembros de la CAN, en materia de producción, comercio e inversión agropecuarios; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Huber Hugo Valencia Medrano, Director de Integración de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable de dirigir