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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2013 (02/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 489943 CULTURA Anexo de la R.M. Nº 054-2013-MC, mediante la cual se autorizó a la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco a efectuar transferencias financieras a favor del CRESPIAL en el Cusco (Perú) ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2013-MC (La resolución en referencia fue publicada el 1 de marzo de 2013) ANEXO “A” CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS Nº Fecha de des embolso Monto (S/.) 1 28 de febrero de 2013 319,375.00 2 30 de abril de 2013 383,250.00 3 30 de julio de 2013 447,125.00 4 30 de octubre de 2013 127,750.00 TOTAL 1’277,500.00 906721-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2013-MIDIS Lima, 1 de marzo de 2013 VISTO: El Ofi cio N°. 012/AI-GAB/MDS, del 15 de febrero de 2013, emitido por la Jefa de Asesoría Internacional del Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre de la República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Unión de Naciones Suramericanas – UNASUR es un organismo de ámbito regional, que tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre los Estados de América del Sur; Que, el Consejo Suramericano de Desarrollo Social – CSDS de la Unión de Naciones Suramericanas – UNASUR constituye instancia de diálogo, refl exión, coordinación y cooperación sobre desarrollo social y humano integral, y tiene por objetivo promover la aplicación de políticas efi caces de desarrollo social con equidad e inclusión que tiendan a propiciar la superación de la pobreza y desigualdades en la región, así como prevenir y enfrentar los impactos de la crisis mundial, entre otros; Que, de acuerdo con el documento del visto, el Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre de la República Federativa del Brasil invitó a la Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a participar en la III Reunión del Grupo de Trabajo Técnico sobre Instrumentos de Cooperación y en la Capacitación sobre el Uso de la Matriz de Cooperación Horizontal del Consejo Suramericano de Desarrollo Social – CSDS, que se llevarán a cabo el 7 y 8 de marzo de 2013, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, en ese sentido, atendiendo a que los objetivos del Consejo Suramericano de Desarrollo Social – CSDS y las materias a tratar en la III Reunión del Grupo de Trabajo Técnico sobre Instrumentos de Cooperación y la Capacitación sobre el Uso de la Matriz de Cooperación Horizontal del Consejo Suramericano de Desarrollo Social – CSDS, se condicen con las funciones y competencias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora María del Carmen Portillo Brousset, Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del citado Ministerio, para participar en los citados eventos, siendo que los gastos por concepto de viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María del Carmen Portillo Brousset, Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 6 al 9 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo con el siguiente detalle: María del Carmen Portillo Brousset Pasajes aéreos US $ 2,340.12 Viáticos (US$ 200 x 3 días) US $ 600.00 ------------------------ Total US $ 2,940.12 Artículo 3º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración, ni liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución suprema deberá presentar, ante el titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el citado viaje. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 907084-16