TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de marzo de 2013 490661 (CIP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Memorándum No. 231-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes y el Ofi cio No. 205-2013-APN/GG emitido por la Autoridad Portuaria Nacional, y; CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 23 de enero de 2013, la Secretaría de la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha cursado invitación a la Autoridad Portuaria Nacional, para participar en el “Seminario Hemisférico de la Mujer Portuaria: Políticas Públicas y Visibilidad de la Mujer Portuaria en Iberoamérica”, evento que se realizará del 14 al 15 de marzo de 2013, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, el citado evento tiene entre sus objetivos: i) promover el diseño de políticas públicas y de las iniciativas privadas de participación de la mujer portuaria, ii) Diseñar y aprobar la puesta en marcha del observatorio de la mujer portuaria, iii) aprobar las bases para el diseño de instrumentos de reconocimiento al trabajo de la mujer portuaria; iv) realizar un balance de la realidad de la mujer en el sector portuario, abordando los siguientes puntos: roles, oportunidades, capacitación para la competitividad, participación en la toma de decisión (tanto en el sector público como privado), reconocimiento de los aportes, identidad y empoderamiento; v) promover el intercambio de información referente a las políticas públicas impulsadas por los gobiernos de los países miembros de la CIP/OEA para la participación equitativa e igualitaria de la mujer en el sector portuario y vi) diseño de programas de capacitación dirigidas a la mujer portuaria: defi nir ejes, propósitos y temario para la implementación del programa de capacitación dirigido a la mujer portuaria; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe No. 011-2013-APN/DIPLA de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional, la participación de dicha entidad en el citado evento resulta importante por cuanto conllevará a obtener nuevos conocimientos, experiencias y retos del papel que desempeña la mujer en el quehacer portuario, contribuyendo al fortalecimiento de las actividades de la Autoridad Portuaria Nacional; asimismo el mencionado Informe precisa que se cuenta con recursos presupuestales sufi cientes para cubrir los gastos que irrogue el viaje solicitado, adjuntando las Certifi caciones de Crédito Presupuestario correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Acuerdo No. 1244-278-23/01/2013/D del 23 de enero de 2013, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, autorizó el viaje de las señoritas Rossana Pía Urrutia Olivari y Roxana Patricia Jurado Tello, profesionales de la Autoridad Portuaria Nacional, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, con la fi nalidad de que asistan al “Seminario Hemisférico de la Mujer Portuaria: Políticas Públicas y Visibilidad de la Mujer Portuaria en Iberoamérica”; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, la Ley No. 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley No. 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y a lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional - APN, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoritas Rossana Pía Urrutia Olivari y Roxana Patricia Jurado Tello, profesionales de la Autoridad Portuaria Nacional, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 13 al 16 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo (para dos personas, incluye TUUA) US$ 1,829.54 Viáticos (para dos personas) US$ 1,440.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las profesionales mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las profesionales mencionadas deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados de acuerdo a Ley. Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 911147-5 Autorizan viaje a Canadá de funcionario y profesionales del Ministerio, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2013-MTC Lima, 12 de marzo de 2013 VISTOS: El documento de fecha 18 de julio de 2012 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Memorándum No. 295-2013-MTC/02.AT.MAO emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe No. 44-2013- MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 18 de julio de 2012, la Organización de Aviación Civil Internacional, comunica la invitación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para asistir a la “Sexta Conferencia Mundial de Transporte Aéreo en OACI”, que se realizará del 18 al 22 de marzo de 2013, en la ciudad de Montreal, Canadá; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aeronáutica Civil mediante Informe No. 44-2013-MTC/12, el citado evento tiene como objetivo formular directrices y un plan de acción para un marco normativo mundial, en torno a los aspectos de propiedad y control de los transportistas aéreos, acceso al mercado, protección del consumidor e impuestos, concentrándose a la vez en los mejores medios de aplicación, con miras a conformar un sistema de transporte aéreo internacional más sostenible; Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que entre los temas a tratar en el citado evento se encuentran: el panorama mundial de las tendencias y novedades del transporte aéreo, el examen de las cuestiones clave y el marco normativo conexo, referido a acceso a los mercados, propiedad y control de los transportistas aéreos, protección del consumidor, salvaguardias, aspectos económicos de los aeropuertos y los servicios de navegación aérea, entre otros; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación