Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2013 (13/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
ACTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2013

Que, con Oficio N° 494-2013-MTC/15.03 de fecha 23 de enero de 2013 y notificado el 28 de enero de 2013, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 013137 de fecha 30 de enero de 2013, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, de acuerdo al Informe Nº 112-2013-MTC/15.03. A.A., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa DIONE INGENIEROS GLP- GNV S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa DIONE INGENIEROS GLP- GNV S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion o el cambio de motor correspondiente y operar en el local ubicado en: Av. Wiesse Mz. F-11 Lt. 38 ­ Programa MORDAZA Mariscal MORDAZA Sector II, Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La empresa DIONE INGENIEROS GLP- GNV S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: Fecha MORDAZA de MORDAZA 06 de diciembre de 2013 06 de diciembre de 2014 06 de diciembre de 2015 06 de diciembre de 2016 06 de diciembre de 2017

Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

Fecha MORDAZA de MORDAZA 08 de noviembre de 2016 08 de noviembre de 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 903099-1

Autorizan ampliacion de local de Conduce Peru E.I.R.L., Escuela de Conductores Integrales, ubicado en la MORDAZA de Ucayali
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 969-2013-MTC/15 MORDAZA, 27 de febrero de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 132791, 137903, 147595 y 152743 presentados por la empresa denominada CONDUCE PERU E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la Ampliacion de Local de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 52º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 132791 de fecha 04 de noviembre de 2012, la empresa denominada CONDUCE PERU E.I.R.L., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, mediante Parte Diario Nº 137903 de fecha 14 de noviembre de 2012, La Empresa adjunta diversa documentacion a fin de ser anexada al Parte Diario Nº 132791;

ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa DIONE INGENIEROS GLP- GNV S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 08 de noviembre de 2013 08 de noviembre de 2014 08 de noviembre de 2015

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