Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

12° del Reglamento General indica que los requisitos de calidad se estableceran en los reglamentos especificos; De conformidad con la Ley N° 27262, Ley N° 29289, Decreto Supremo 006-2012-AG, Resolucion Jefatural N° 0007-2009-INIA, y las facultades conferidas por el Articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG y con las visaciones de los Directores Generales de la Direccion de Extension Agraria, Oficina General de Planificacion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- En tanto se apruebe el Reglamento Especifico de Maiz, de conformidad a la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 006-2012AG, apruebese la MORDAZA para la produccion, certificacion y comercio de semilla de maiz amilaceo (Anexo I). Registrese, comuniquese, y publiquese, J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Innovacion Agraria

911909-1

AMBIENTE
Disponen publicacion de la propuesta de Agenda de Investigacion Ambiental 2013 - 2021 en el MORDAZA web institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 089-2013-MINAM
MORDAZA, 13 de marzo de 2013 Visto, el Informe N° 018-2013-DGIIA/VMGA/MINAM de 27 de febrero de 2013, de la Direccion General de Investigacion e Informacion Ambiental; el Memorandum N° 084-2013-MINAM-VMGA de 27 de febrero de 2013, del Viceministerio de Gestion Ambiental, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 4° de la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobada por Decreto Legislativo N° 1013, establece que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la politica nacional del ambiente, asi como cumple la funcion de promover la conservacion y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biologica y las areas naturales protegidas; Que, el literal n) del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1013 senala como una de las funciones especificas del Ministerio del Ambiente, promover la investigacion cientifica, la innovacion tecnologica y la informacion en materia ambiental, asi como el desarrollo y uso de tecnologias, practicas y procesos de produccion, comercializacion y consumo limpios; Que, los literales a) y b) del articulo 42° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, establece como funciones de la Direccion General de Investigacion e Informacion Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental, proponer las prioridades para la investigacion, innovacion y desarrollo tecnologico en materia ambiental, e integrar y fortalecer las acciones en esta materia de las entidades competentes del sector publico y privado, con el objeto de proporcionar apoyo cientifico y tecnico a los diferentes organismos y a la sociedad civil; asi como fomentar la investigacion, recuperacion y transferencia de los conocimientos y las tecnologias tradicionales como expresion de la cultura nacional y manejo de los recursos naturales; Que, en el ejercicio de las citadas funciones la citada Direccion General ha elaborado la propuesta de Agenda de Investigacion Ambiental 2013 - 2021, la cual establece las

lineas estrategicas a seguir para promover e impulsar la investigacion ambiental en el MORDAZA, constituyendose en el instrumento que guie las acciones para la implementacion de un sistema que promueva, de manera activa y permanente, procesos de investigacion ambiental; asimismo, define las areas tematicas y lineas de investigacion a priorizar de acuerdo a las necesidades de informacion y conocimiento, sobre los cuales deberan desarrollarse las futuras investigaciones que en materia ambiental se lleven a cabo, articulando la oferta cientifica con las necesidades del sector ambiental; Que, la Agenda de Investigacion Ambiental 2013 - 2021 ha sido objeto de un MORDAZA participativo de coordinacion y consulta con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica ­ CONCYTEC, en su calidad de organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica ­ SINACYT, las universidades nacionales, los centros de investigacion y los organismos adscritos del Ministerio del Ambiente, con el fin de contar con un instrumento que permita articular la investigacion y la innovacion ambiental nacional y oriente la toma de decisiones en materia ambiental; Que, asimismo, para la elaboracion de la Agenda de Investigacion Ambiental 2013 ­ 2021, se ha tenido en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comision Consultiva dependiente del Ministerio de Educacion, creada mediante Resolucion Suprema 038-2011-ED, la cual cuenta como una de sus funciones la revision del MORDAZA normativo e institucional del desarrollo de la ciencia, tecnologia, innovacion y competitividad en el pais; y, por la Comision Multisectorial encargada de disenar y elaborar propuestas normativas y politicas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades economicas, especialmente las industrias extractivas, creada mediante Resolucion Suprema Nº 189-2012-PCM; Que, sin perjuicio de lo senalado, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta publica, previa a su aprobacion, con la finalidad de conocer las sugerencias y comentarios de los interesados, conforme lo establece el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolucion; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Investigacion e Informacion Ambiental, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley de MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; el Decreto Supremo N° 0072008-MINAM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 0022009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion de la propuesta de Agenda de Investigacion Ambiental 2013 ­ 2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion, para los fines de Consulta Publica, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultas_publicas), para los fines de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por el plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- Las sugerencias y comentarios sobre la propuesta senalada en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N° 1440, Distrito de San MORDAZA ­ MORDAZA, y/o a la direccion electronica siguiente: agendainvestigacion@minam.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

912292-1

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