Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

de Bolivia, que tiene como proposito generar y afianzar progresivamente la confianza mutua, asi como fortalecer la paz y la seguridad entre ambos paises; Que, el mencionado evento binacional tiene la finalidad de evaluar, entre otros aspectos, los compromisos acordados en la I Reunion del Mecanismo de Consulta y Coordinacion Politica (2+2) Peru - Bolivia, intercambiar informacion sobre la posibilidad de establecer una metodologia para la medicion de gastos militares de Peru y Bolivia, asi como realizar una reunion para establecer la Comision Binacional de Fronteras - COMBIFRON, para tratar asuntos vinculados a la lucha contra el narcotrafico y otros actos ilicitos; Que, en atencion a los intereses del Sector Defensa y a la importancia de las actividades a realizar, resulta necesario autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de la delegacion que acompanara al senor Ministro de Defensa durante la realizacion de la mencionada actividad; Que, el traslado la delegacion que acompanara al senor Ministro de Defensa a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Estado Plurinacional de Bolivia, se realizara en una aeronave de la Fuerza Aerea del Peru; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de la delegacion que acompanara al Senor Ministro de Defensa durante su participacion en la II Reunion del Mecanismo de Consulta y Coordinacion Politica (2+2) Peru Bolivia, que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Estado Plurinacional de Bolivia, el dia 15 de marzo de 2013, la misma que estara integrada por las siguientes personas:
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASERVI DNI N° 06783615 Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Contralmirante (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBERNARDI DNI N° 08787500 Viceministro de Politicas para la Defensa del Ministerio de Defensa Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI N° 07773194 Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAMIO DNI N° 07622247 Director de Agregadurias de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA CABREJOS MORDAZA DNI N° 43299514 Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI N° 10646173 Senor MORDAZA MORDAZA CANEPA RICKETTS DNI N° 43673020 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARDALEZ DNI N° 07501032 Senor Yerko MORDAZA MORDAZA DNI N° 09657326 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI N° 06668400 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI N° 41362566

Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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Autorizan ingreso de personal militar de Colombia al territorio nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2013-DE/
MORDAZA, 14 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 180 del 8 de marzo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500- 0835 del 5 de marzo de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Colombia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2013, a fin de intercambiar conocimientos y experiencias en el area academico ­operacional como oficial asesor en el Estado Mayor de la Comandancia de la Fuerza Infanteria de Marina; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA de Infanteria de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Republica de Colombia, del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2013, a fin de intercambiar conocimientos y experiencias en el area academico-operacional como oficial asesor en el Estado Mayor de la Comandancia de la Fuerza de Infanteria de Marina. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 200.00 x 11 personas x 1 dia Total: US$ 2,200.00 US$ 2,200.00

Articulo 3º.- El personal autorizado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.-. La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

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