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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de marzo de 2013 490907 CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio de vistos, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos invitó a la Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y Representante Titular ante dicho Consejo Nacional, a fi n de que integre una delegación que estará presidida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que se encargará de representar al Estado Peruano en la sustentación del 5º Informe Periódico sobre Derechos Civiles y Políticos ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a llevarse a cabo el 19 y 20 de marzo de 2013 en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; asimismo, sugiere que la referida funcionaria viaje acompañada por personal profesional especializado en el tema de niñez y mujer con el fi n de asegurar una oportuna presentación; Que, sobre el particular, los Despachos Viceministeriales de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables han estimado conveniente designar a la señora Flor de María Valdez Arroyo, Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer, y a la señora María del Carmen Santiago Bailetti, Directora General (e) de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, a efectos que participen en el mencionado evento; Que, mediante la Nota de vistos, la Ofi cina de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ha señalado que la mencionada misión tiene como objetivo participar en la sustentación del 5º Informe Periódico sobre Derechos Civiles y Políticos ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y así poder cumplir con las obligaciones contraídas a mérito de los acuerdos internacionales sobre derechos humanos con carácter vinculante; asimismo se precisa que el Sector asumirá los gastos por concepto de pasajes y viáticos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, publicado el 20 de enero de 2012, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; norma que en los literales b), e) y j) de su artículo 5 establece como ámbito de su competencia la protección de los derechos de las mujeres, la promoción y protección de poblaciones vulnerables y la promoción y protección de las niñas, niños y adolescentes; Que, en tal sentido y dada la importancia de la citada invitación para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Flor de María Valdez Arroyo, Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer y de la señora María del Carmen Santiago Bailetti, Directora General (e) de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fi n de que formen parte de la delegación encargada de sustentar el 5º Informe Periódico sobre Derechos Civiles y Políticos ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; y, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora FLOR DE MARÍA VALDEZ ARROYO, Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer y de la abogada MARÍA DEL CARMEN SANTIAGO BAILETTI, Directora General (e) de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 16 al 21 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Señoras Flor de María Valdez Arroyo y María del Carmen Santiago Bailetti (Del 16 al 21 de marzo): Pasajes (incluye TUUA y otro) US $/. 8 628.58 ($ 4,314.29 X 2) Viáticos ($. 260.00 x 5 días x 2) US $/. 2 600.00 TOTAL US $/. 11 228.58 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, las citadas servidoras deberán presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 912487-11 Aprueban Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada Año 2013 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2013-MIMP Lima, 13 de marzo de 2013 Vista, el Acta de la Sexagésima Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, cuyo proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, a través de la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005- CND-P-2005, “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005 del exConsejo Nacional de Descentralización (hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros), prevé que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones