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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de marzo de 2013 490955 destinados a culminar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Construcción de la Casa de la Juventud en el Cercado de Bellavista-Distrito de Bellavista-Callao- Callao”, con Código SNIP Nº 174423, el mismo que aparece declarado Viable en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en virtud a los considerandos establecidos, aprueba por UNANIMIDAD, el siguiente acuerdo: SE ACUERDA: 1. Aprobar el Dictamen Nº 009-2013-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional, en consecuencia, autorícese la transferencia a favor de la Municipalidad Distrital de Bellavista de la suma de S/.300,000.00 (Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) por la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, destinados a culminar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Construcción de la Casa de la Juventud en el Cercado de Bellavista-Distrito de Bellavista-Callao-Callao”, con Código SNIP Nº 174423, el mismo que aparece declarado Viable en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo del Consejo Regional. 2. Encargar a la Gerencia Regional de Infraestructura realizar el monitoreo y seguimiento que corresponda, a fi n que el monto transferido sea destinado al Proyecto de Inversión Pública “Construcción de la Casa de la Juventud en el Cercado de Bellavista, Distrito de Bellavista-Callao- Callao”, en atención a sus funciones, establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao. 3. Encargar a la Gerencia General Regional se cumpla con lo establecido en el literal c) del Inc. 12.1 del Artículo 12 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 – Ley Nº 29951. 4. Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Infraestructura y a la Gerencia de Administración, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional. 5. Encargar a la Gerencia de Administración disponga la publicación del presente Acuerdo del Consejo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 12.2 del Artículo 12º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 – Ley Nº 29951. 6. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 911343-3 Autorizan transferencia de suma de dinero a favor de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para la ejecución de proyecto de inversión pública ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 000037 Callao, 27 de febrero del 2013 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesión celebrada 27 de febrero del 2013, con el voto aprobatorio de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. VISTOS: El Ofi cio Nº 010-2013-MDV-ALC, dirigido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla al Presidente del Gobierno Regional del Callao; el Memorándum Nº 481- 2013-GRC/GRPPAT emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 302-2013-GRC/GAJ; y, el Dictamen Nº 020- 2013-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 49.1 del Artículo 49º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales y Locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades; Que, el Artículo 77º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordantes con el artículo citado en el considerando precedente, señala que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante convenios de colaboración; a través de estos, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con clausulas expresa de libre adhesión y separación; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo VII, establece que las relaciones entre tres niveles de Gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad, el mismo que también se encuentra previsto en el numeral 10. del Artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales defi ne las relaciones de cooperación y coordinación entre los gobiernos regionales y de estos con los otros niveles de gobierno, orientados al proceso de integración y conformación de regiones y de coordinación en espacios macroregionales. La mencionada norma legal establece en su Artículo 8º dentro de los principios rectores de las políticas y la gestión regional los siguientes principios: (i)Efi ciencia: La política y la gestión regional se rigen con criterios de efi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización optima de los recursos; (ii) Concordancia de las políticas regionales: Las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales del Estado. (iii) Integración: por medio del cual se establece que la gestión regional promueve la integración intrarregional e interregional fortaleciendo el carácter unitario de la Republica. De acuerdo con este principio, la gestión debe orientarse a la formación de acuerdos macroregionales que permitan el uso más efi ciente de los recursos, con la fi nalidad de alcanzar una economía más competitiva; Que, en este sentido, constituye parte de las políticas de gestión del Gobierno Regional del Callao, la suscripción de Convenios con las diferentes entidades del Sector Público con el objeto de coordinar esfuerzos y coadyuvar a la realización de los fi nes y objetivos regionales en benefi cio del desarrollo armónico de la Provincia Constitucional del Callao y velar por el bienestar de sus habitantes; Que, con fecha 10 de diciembre del 2012 se celebró el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Distrital de Ventanilla – Convenio Nº 009-2012-GRC, el mismo que tiene por objeto que la Región autorice y faculte a la Municipalidad a fi n de permitir su intervención en las bermas centrales y laterales para la colocación de grass natural en champa en la Av. Néstor Gambetta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, a través de un Proyecto de Inversión Pública. El Convenio Específi co se aprobó mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 007 de fecha 11 de enero del 2013; Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla mediante Ofi cio Nº 010-2013-MDV-ALC dirigido al Presidente del Gobierno Regional del Callao informó que el objeto materia del Convenio señalado en el considerando anterior ha sido canalizado a través del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Mejoramiento de las áreas verdes de la berma central y laterales de la Av. Néstor Gambetta, distrito de Ventanilla – Callao –Callao”, con código SNIP Nº 249969, el cual ha sido