Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

490941

VISTOS: El acuerdo de Sesion Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 18 de febrero de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Nº 0515-2011-CR-UNJFSC, de fecha 21 de marzo de 2011, se incluye dentro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, la Tasa Educativa por concepto de Implementacion, por el importe de Ciento Sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 160.00), para la Facultad de Medicina Humana, Escuela Academico Profesional de Enfermeria; y, se autoriza a los estudiantes que cursaran el Internado 2011-I de dicha Escuela, Sede Lunahuana el mencionado pago, el cual se efectuaba a la Municipalidad de Lunahuana; Que, con Resolucion Nº 1210-2010-P-CR-UNJFSC, de fecha 04 de noviembre de 2010, se aprueba en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA 2010, el pago por derecho de implementacion para equipamiento de la Escuela Academico Profesional de Medicina Humana, por un importe de ciento veinticinco y 00/100 nuevos soles (S/. 125.00); Que, mediante Resolucion Nº 0046-2013-CU-UH, de fecha 28 de enero de 2013, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) Actualizado, de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que en anexo por separado forma parte integrante de la precitada Resolucion; Que, en el punto 2 del Acta de Acuerdos entre las partes suscrito por el Titular del Pliego y los representantes de la Junta Directiva del CEM UNJFSC (Centro de Estudiantes de Medicina) se solicita subsanar el error de escritura en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), donde se menciona que los estudiantes de la Escuela Academico Profesional de Medicina Humana deben abonar, por concepto de implementacion, la suma de S/. 160.00, siendo la cantidad estipulada por pago de implementacion, la suma de S/. 125.00 estipulada desde el 2010-I; Que, luego de considerar y analizar la documentacion sobre este MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 18 de febrero del 2013, el Consejo Universitario acordo: · Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, aprobado mediante Resolucion Nº 0046-2013-CU-UH, de fecha 28 de enero de 2013, en el extremo siguiente: DICE: FACULTAD DE MEDICINA HUMANA 1 ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA Acuerdo de C.U. 1) Pago por derecho de implementacion 160.00 (Pag. 09) DEBE DECIR: FACULTAD DE MEDICINA HUMANA 1 ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA Acuerdo de C.U. 1) Pago por derecho de implementacion 125.00 (Pag. 09) · Excluir de los alcances de la Resolucion Nº 0046-2013-CU-UH, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, a la Escuela Academico Profesional de Enfermeria, Sede de Lunahuana, en lo que respecta al pago por derecho de implementacion, (Pag. 09). · Derogar la Resolucion Nº 0515-2011-CR-UNJFSC, de fecha 21 de marzo de 2011. Estando a lo anteriormente expuesto; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733; Estatuto vigente de la universidad; y el acuerdo de Sesion Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 18 de febrero de 2013;

Articulo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, aprobado mediante Resolucion Nº 0046-2013-CU-UH, de fecha 28 de enero de 2013, en el extremo siguiente: FACULTAD DE MEDICINA HUMANA 1 ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA Acuerdo de C.U. 2) Pago por derecho de implementacion 125.00 (Pag. 09) Articulo 2º.- EXCLUIR de los alcances de la Resolucion Nº 0046-2013-CU-UH, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, a la Escuela Academico Profesional de Enfermeria, Sede de Lunahuana, en lo que respecta al pago por derecho de implementacion, (Pag. 09). Articulo 3º.- DEROGAR, la Resolucion Nº 0515-2011CR-UNJFSC, de fecha 21 de marzo de 2011. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente resolucion a las instancias y dependencias de la universidad, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BALDEOS MORDAZA Rector

911650-2

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Emiten credenciales de MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
RESOLUCION Nº 192 -2013-JNE
Expediente Nº J-2013-00189 MORDAZA - CHACHAPOYAS - AMAZONAS MORDAZA, veintiocho de febrero del dos mil trece VISTA la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requiriendo se le expida la credencial de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, al haber sido proclamado MORDAZA de dicha circunscripcion, luego del MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales. ANTECEDENTES Con fecha 30 de setiembre de 2012 se llevo a cabo el MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, obteniendose como resultado la revocatoria de MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el acta de proclamacion de resultados del MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas, de fecha 18 de octubre de 2012. Mediante Resolucion Nº 001-2012-JEE-JEE CHACHAPOYAS/JNE, el MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas resolvio acreditar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a Yenny MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, respectivamente. Sin embargo, dicho MORDAZA Electoral Especial nunca llego a emitir las credenciales correspondientes. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo a la informacion remitida por la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico del MORDAZA Nacional de Elecciones, no se observa que el

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