Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 210-2013-JNE
Expediente N° J-2012-1601 MORDAZA DEL PERU - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, 5 de marzo de dos mil trece VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, en contra del regidor MORDAZA Glober MORDAZA MORDAZA, al haberse declarado su vacancia, mediante acuerdo de concejo, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion ordinaria, realizada el 24 de octubre de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, declaro la vacancia del regidor MORDAZA Glober MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, realizadas los dias 10 y 21 de setiembre y 5 de octubre de 2012, causal contemplada en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. El numeral 7 del articulo 23 de la LOM establece que se declara vacante el cargo de MORDAZA o regidor en el caso de que este no asista, injustificadamente, a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante el lapso de tres meses. Por tal motivo, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a la MORDAZA citada, y constatar, ademas, si en su desarrollo se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento, por lo cual, MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde verificar la legalidad del procedimiento de vacancia. 2. Mediante sesion ordinaria, de fecha 24 de octubre de 2012, se aprobo la vacancia del regidor MORDAZA Glober MORDAZA Flores. Asi tambien, se advierte que la citacion a dicha convocatoria se realizo de conformidad a lo establecido por el articulo 21 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, ya que obra en autos el cargo de recepcion suscrito por el mismo regidor (foja 15). Asimismo, el acuerdo de vacancia le fue notificado al regidor, con fecha 26 de octubre de 2012 (foja 14 y 30), y el mismo no presento ningun recurso en el transcurso del plazo de quince dias habiles establecidos para impugnar la citada decision del concejo distrital. En ese sentido, quedo consentida la declaracion de vacancia (foja 2). 3. En consecuencia, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Real, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 45618155, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Regional Rio MORDAZA Caudaloso, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesion ordinaria realizada el 24 de octubre de 2012, en el extremo en que declaro la vacancia del regidor

MORDAZA Glober MORDAZA MORDAZA por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el cargo que ejercia en la Municipalidad Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Glober MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Real, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 45618155, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA del Peru, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con el fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

912301-4

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 237-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-00078 SAN MORDAZA - SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, doce de marzo de dos mil trece. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Fredy MORDAZA Saldana MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de la regidora Fany Aleide MORDAZA MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 5 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En Sesion Extraordinaria Nº005-2012-MDSL, el Concejo Distrital de San MORDAZA declaro la vacancia de la regidora Fany Aleide MORDAZA MORDAZA, por las causales de cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdiccion municipal e inasistencia injustificada a las sesiones ordinarias de concejo de fechas, 5 de octubre (fojas 15 a 18), 15 de octubre (foja 19 a 23), 26 de octubre (fojas 24 a 28), 12 de noviembre (fojas 29 a 33), 20 de noviembre (fojas 34 a 39), y 27 de noviembre de 2012 (fojas 40 a 44). CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante la LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas,

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