Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
Tasa: Tasa: Indice Indice porcentual en porcentual en relacion a una relacion a una (1) Unidad (1) Unidad Impositiva Impositiva Tributaria Tributaria (UIT) (UIT) 1 UIT S/. 3 700,00 S/. 925,00 S/. 1 850,00

490947
Tasa: Tasa: Indice Indice porcentual en porcentual en relacion a una relacion a una (1) Unidad (1) Unidad Impositiva Impositiva Tributaria Tributaria (UIT) (UIT) 0,625% S/. 23,13



Descripcion



Descripcion

28 Nulidad total de elecciones. 29

Nulidad de Ia votacion realizada en las 25% por cada mesas de sufragio. pedido 50%

54

Renuncia al cargo de personero acreditado ante el Registro de Organizacion Politicas

Nulidad de referendum, revocatoria de 30 autoridades u otros tipos de consulta popular. Nulidad parcial o total de la eleccion de los representantes de los gremios o colegios 31 profesionales al Consejo Nacional de la Magistratura. Nulidad de proclamacion por no haber 32 juramentado para asumir el cargo y convocatoria de candidato no proclamado. Impugnacion contra la resolucion que resuelve el pedido de nulidad de referendum, 33 revocatoria de autoridades u otros tipos de consulta popular. Impugnacion contra resolucion de la ONPE 34 que causa estado, referido al MORDAZA de eleccion de miembros al CNM. 35 Impugnaciones contra otras resoluciones de los Jurados Electorales Especiales.

Convocatoria de candidato no proclamado, por declaratoria de vacancia de los cargos 55 de MORDAZA o regidor que MORDAZA quedado consentida en el concejo municipal. Convocatoria de MORDAZA MORDAZA o regidor 56 reemplazante, en caso de suspension de los cargos del MORDAZA y regidor. Traslado de solicitud de vacancia al concejo 57 municipal, presentada al MORDAZA Nacional de Elecciones. 58 Traslado de solicitud de suspension presentada al JNE, al concejo municipal. Traslado de solicitud de suspension presentada al JNE, al consejo regional. Traslado de solicitud de vacancia presentada al JNE, al consejo regional.

8,41%

S/. 311,17

26,27%

S/.971,99

8,41%

S/. 311,17

0,37% 0,37% 0,37% 0,37% 5,25%

S/. 13,69 S/. 13,69 S/. 13,69 S/. 13,69 S/. 194,25

3,68%

S/. 136,16

11%

S/. 407,00

59 60

10,51% 9,5%

S/. 388,87 S/. 351,50

Acreditacion de accesitarios del consejo 61 regional por vacancia de presidente o consejero regional. Acreditacion de vicepresidente regional por 62 eleccion del consejo regional y convocatoria del accesitario. 63 Acreditacion de personeros legales y tecnicos de organizaciones politicas locales. Acreditacion ante el JNE de observadores de procesos electorales.

Impugnacion contra resoluciones de Ia ONPE o de Reniec en materia electoral, 36 de referendum o consultas populares que agotan Ia via administrativa.

5,25% 0,37% 5%

S/. 194,25 S/. 13,69 S/. 185,00

9,5%

S/. 351,50

Impugnacion contra lo resuelto por los 1,4706% por 37 Jurados Electorales Especiales sobre actas cada acta observadas remitidas por la ODPE. observada 38 Impugnacion o reclamacion al diseno de cedula de sufragio. 5,25% 5%

S/. 54,41 S/. 194,25 S/. 185,00

64

Reclamacion sobre constitucion y 39 funcionamiento de los Jurados Electorales Especiales. 40 Recurso extraordinario de revision de resoluciones expedidas por el Pleno del JNE por supuesta afectacion formal de alguna garantia procesal.

(*) Articulo 110 de la Ley Nº 26859, 1 UIT por candidato. (**) Articulo 120 de la Ley Nº 26859, 1 UIT por candidato. (***) Articulo16 de la Ley Nº 26864, 25% de 1 UIT por candidato tachado. Articulo Tercero.- Se encuentran exonerados del pago de tasas de justicia electoral: a) Las personas a quienes se les MORDAZA concedido MORDAZA de justicia electoral. b) Los litigantes en las zonas geograficas de la republica, en las que por efectos de las dificultades administrativas o de otra indole se justifique una exoneracion generalizada, aprobada por resolucion del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones. c) Las diversas entidades que conforman los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, los organos constitucionalmente autonomos y los gobiernos regionales y locales. d) Los que gocen de inafectacion por mandato expreso de la ley. Articulo Cuarto.- No se encuentran exonerados del pago de tasas de justicia electoral las autoridades o funcionarios que, no obstante representen o formen parte de alguna entidad del poder legislativo, ejecutivo o judicial, organos constitucionalmente autonomos o gobiernos regional o local, actuen o intervengan en los procesos jurisdiccionales electorales a titulo personal. Tampoco se encuentran exonerados del pago de las tasas de justicia electoral aquellas autoridades o funcionarios contra quienes se siga un MORDAZA jurisdiccional electoral, cuando el sujeto materia del referido MORDAZA no sea la entidad en si misma, sino la autoridad o funcionario. Articulo Quinto.- No se encuentran exonerados del pago de tasas de justicia electoral las entidades publicas o empresas del Estado con accionariado privado y de derecho privado que corresponden a las sociedades de economia mixta. El ambito de aplicacion de las disposiciones del presente articulo esta referido a las empresas del Estado

75%

S/. 2 775,00

Inscripcion de formula de candidatos a 41 la Presidencia y vicepresidencias de Ia republica. 42 43 Inscripcion de lista de candidatos a congresistas. Inscripcion de listas de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino.

10,51% 10,51% 10,51%

S/. 388,87 S/. 388,87 S/. 388,87 S/. 58,46

Inscripcion de lista de candidatos a 1,58% por 44 presidente, vicepresidente y al consejo integrante regional en elecciones regionales. Inscripcion de Lista de candidatos a MORDAZA 1,05% por 45 y/o regidores de los concejos municipales integrante provinciales y distritales. 46 Inscripcion de encuestadoras. 47 Renovacion de inscripcion de encuestadoras como persona natural. 10% 10% 10% 10,51% 10,51% 10,51% 2,10% 0,5%

S/. 38,85 S/. 370,00 S/. 370,00 S/. 370,00 S/. 388,87 S/. 388,87 S/. 388,87 S/. 77,70 S/. 18,50

Renovacion de inscripcion de encuestadoras 48 como persona juridica. Renuncia a Ia candidatura al cargo 49 de Presidente o vicepresidentes de Ia republica. 50 Renuncia a Ia candidatura al cargo de congresista de Ia republica.

Renuncia a Ia candidatura al cargo de 51 representantes ante el Parlamento Andino. 52 53 Renuncia a la candidatura al cargo de MORDAZA o regidor. Renuncia al cargo de personero acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial.

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