Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2013 (16/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2013

(regular y extemporanea), cubre las vacantes de ingresantes que no efectuaron su matricula respectiva, respetando para ello, el estricto orden de merito alcanzado por los postulantes. Articulo 62°: El ingresante que no MORDAZA efectuado su matricula en los plazos establecidos (matricula regular y extemporanea) perdera automaticamente la vacante, la cual sera cubierta en estricto orden de merito, conforme lo establece la Universidad, en una sola convocatoria del correspondiente MORDAZA de admision. Articulo 63°: Para llevar a cabo el ingreso por cobertura se debe cumplir con los siguientes aspectos: · Se considera vacante desiertas (disponible) a todas aquellas en las cuales los ingresantes no se matricularon, dentro del plazo establecido (matricula regular y extemporanea). · En el Ingreso por cobertura se respetara el estricto orden de merito alcanzado en el examen ordinario de admision. · Se aplique el ingreso por cobertura para la misma MORDAZA profesional a la que MORDAZA postulado · Este MORDAZA sera aplicable para los postulantes para la modalidad del examen ordinario. · Se lleve a cabo en una sola convocatoria del correspondiente MORDAZA de admision, dentro de un plazo MORDAZA de cinco dias habiles despues de concluida la matricula regular y extemporanea. Articulo 64°: En la documentacion relacionada al MORDAZA de Admision se debera incluir el cronograma de actividades del MORDAZA de admision los plazos y fechas establecidas: · · · · · Convocatoria Examen Extraordinario Examen Ordinario Inicio de Matricula, y Cobertura.

Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 911931-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Incorporan y registran la firma del Rector de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo como miembro de la Asamblea Nacional de Rectores
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1956-2012-ANR MORDAZA, 28 de diciembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, concordante con el articulo 7º del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria, la Asamblea Nacional de Rectores esta conformada por los Rectores de las universidades publicas y privadas del pais; Que, la Asamblea Universitaria de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo nombra como Rector de la mencionada universidad al Dr. Wilman MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el periodo de cinco (05) anos, a partir del 24 de noviembre de 2011 al 23 de noviembre de 2016; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar, en via de regularizacion, y registrar la firma del senor Rector de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo, Doctor Wilman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro de la Asamblea Nacional de Rectores, en merito a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Establecer que la condicion de miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores indicando en el articulo precedente, esta vigente desde el 24 de noviembre de 2011 al 23 de noviembre de 2016. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria Ejecutiva y la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 910656-1

Articulo 65°: Llevado a cabo el MORDAZA de Admision, se debera requerir la siguiente documentacion: A la Universidad, la relacion por MORDAZA profesional: de Postulantes, de Asistentes y Cuadro de meritos, de ingresantes y no ingresantes en la modalidad de Examen Ordinario y Extraordinario, con su respectivo puntaje obtenido. Conforme los formatos establecidos por este Consejo. Al Veedor; la relacion por MORDAZA profesional: de Postulantes, de Asistentes y Cuadro de meritos, de ingresantes y no ingresantes, con su respectivo puntaje obtenido; adjuntado los resultados del MORDAZA de Admision Extraordinario que deberan ser proporcionados por la universidad. Articulo 66°: El ingreso por Cobertura debera de ser publicado en un lugar visible dentro de las instalaciones de la Universidad, luego de culminada el periodo de Matricula Extemporanea, establecido en el Cronograma de Matricula por la Universidad. Articulo Segundo.- INCOPORAR una Disposicion Transitoria, con el siguiente texto: DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Las solicitudes u otros que se encuentran en tramite para la autorizacion de vacantes por cobertura seran evaluados de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento. Articulo Tercero.- INCORPORAR un articulo EN LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS del Reglamento de Admision General, con el texto siguiente: SEGUNDA.- La aplicacion del ingreso de estudiantes a la universidad por cobertura se deja a potestad de la universidad. Articulo Cuarto.- MANTENER la vigencia del texto de todos los otros capitulos y articulos del Reglamento General de Admision aprobado por el CONAFU que no han sido materia de modificacion.

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