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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491063 Artículo 2º.- Dejar sin efecto lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 029-2011-TSMP/SG de fecha 04 de febrero de 2011. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob. pe), así como en un lugar visible de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO MANUEL POW SANG SOTELO Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 912018-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 034-2013-FMP/CE/SG Lima, 1 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5º del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º y 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que corresponde a la máxima autoridad de la Entidad designar mediante Resolución al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 125-2011- TSMP/SG de fecha 08 de agosto de 2011, se designó al señor General de Brigada EP (R) Roberto Enrique Vertiz Cabrejos, Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 007-2013- FMP/CE/SG de fecha 28 de enero de 2013 se formalizó el acuerdo del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 25 de enero de 2013, mediante el cual se da por concluidas las funciones del General de Brigada EP (R) Roberto Enrique Vertiz Cabrejos, en el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 009- 2013-FMP/CE/SG de fecha 28 de enero de 2013, se formalizó el acuerdo del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 25 de enero de 2013, mediante el cual se designa al General de Brigada EP (R) Manuel Guillermo Simón Varela Gamarra, en el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial; Que, en sesión de fecha 01 de marzo de 2013, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó designar al señor General de Brigada EP (R) Manuel Guillermo Simón Varela Gamarra, Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Fuero Militar Policial, en concordancia a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 23º, inciso 1) del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al señor General de Brigada EP (R) Manuel Guillermo Simón Varela Gamarra, Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Fuero Militar Policial, en concordancia a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM. Artículo 2º.- Dejar sin efecto lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 125-2011-TSMP/SG de fecha 08 de agosto de 2011. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob. pe), así como en un lugar visible de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO MANUEL POW SANG SOTELO Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 912018-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de San Marcos, provincia de Huari, departamento de Ancash RESOLUCIÓN Nº 159-2013-JNE Expediente Nº J-2012-01658 Expediente Nº J-2012-01684 (Acumulados) SAN MARCOS - HUARI - ÁNCASH Lima, catorce de marzo de dos mil trece VISTOS en audiencia pública, de fecha 21 de febrero de 2013, el recurso de apelación interpuesto por Yónatan Éler Vega Salas contra el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 008-2012, de fecha 30 de noviembre de 2012, que rechazó la solicitud de vacancia en contra del alcalde Julio Máximo Blas Rímac y la regidora Edita Maximina Laguna Zerpa, de la Municipalidad Distrital de San Marcos, provincia de Huari, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el recurso de apelación interpuesto por Santa Lucía Ocaña Dionicio, Juan de Dios Honorato Solís Narro, Emiliano Marco Alvarado Ramírez, Dalmira Maruja Gonzales Díaz y Cristina Lucía Solís Espinoza en contra del citado acuerdo de concejo, en el extremo en que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra las citadas autoridades por la causal ya mencionada, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a las solicitudes de vacancia Con fecha 3 de octubre de 2012, Yónatan Éler Vega Salas solicitó que se declare la vacancia del alcalde Julio Máximo Blas Rímac y la regidora Edita Maximina Laguna Zerpa, del Concejo Distrital de San Marcos (Expediente Nº J-2012-01285), por considerarlos incursos en la causal de nepotismo, al haber ejercido injerencia para la contratación de sus hijas Enma Miriam Blas Cadillo y Rocío Edith Salazar Laguna, respectivamente. Los solicitantes señalaron que las hijas de dichas autoridades prestaron servicios en las actividades del Programa de Mantenimiento de Infraestructura Pública de la Municipalidad Distrital de San Marcos, realizadas en el centro poblado de Pichiu San Pedro y en el barrio Chupa