Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2013 (16/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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del vinculo de consanguinidad de primer grado entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadillo. Existencia de vinculo laboral o contractual de similar naturaleza 4. Tomando en consideracion que en autos obran las copias de la lista de jornales, hoja de "tareo", e informe de las actividades realizadas en el periodo del 14 al 27 de marzo de 2011, en el centro poblado Pichiu San MORDAZA, en el MORDAZA del Programa de Mantenimiento de Infraestructura Publica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, tal como obra a fojas 14 a 47, este colegiado concluye que se encuentra debidamente probada la existencia de un vinculo entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA -quien es hija del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que en dicha fecha ejercia el cargo de regidor de la referida municipalidad-, para ejercer la labor de brigadista en el Programa de Mantenimiento de Infraestructura Publica desarrollado en el centro poblado Pichiu San Pedro. 5. Cabe precisar que si bien el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha senalado en sus descargos que su hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tambien habria laborado para la Municipalidad Distrital de San MORDAZA en el periodo del 6 al 19 de junio de 2011, tanto los escritos de apelacion como la solicitud de vacancia no contienen los medios probatorios que permitan a este colegiado pronunciarse al respecto, motivo por el cual el presente analisis se efectua solo respecto del periodo del 14 al 27 de marzo de 2011. Existencia de la injerencia para la contratacion de parientes 6. Conforme a lo establecido en la Resolucion Nº 137-2010-JNE (Expediente Nº J-2009-0791), el MORDAZA Nacional de Elecciones admite la posibilidad de que los regidores puedan cometer nepotismo por medio de la injerencia sobre el MORDAZA o los funcionarios con facultades de contratacion, nombramiento o designacion. Consecuentemente con ello, es posible para este organo colegiado declarar la vacancia de los regidores por la comision de nepotismo si se comprueba que estos han ejercido injerencia para la contratacion de sus parientes. 7. Como es evidente, el ejercicio ilegal de la injerencia que pueden cometer los alcaldes y regidores sobre diversos funcionarios municipales con la finalidad de nombrar o contratar a sus familiares, no se va a encontrar plasmado en una prueba documental, dado su propio caracter ilicito; por ello, este Supremo Tribunal Electoral ha establecido en su jurisprudencia, ciertos criterios o elementos de juicio que han sido utilizados de manera alternativa y no necesariamente concurrente, segun las particularidades del caso concreto. Asi, por ejemplo, pueden mencionarse los siguientes: a) cercania del vinculo de parentesco, b) domicilio de los parientes; y c) lugar de realizacion de las actividades del pariente del regidor. 8. Atendiendo a los criterios MORDAZA mencionados, corresponde efectuar el analisis del presente caso a la luz de los mismos: a. Cercania del vinculo de parentesco: En el caso concreto, se hace evidente el estrecho grado de parentesco que vincula al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadillo. b. Domicilio de los parientes: Conforme se aprecia de las fichas del Reniec obrantes a folios 245 y 246, se tiene que tanto el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como su hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA domicilian en "C.P. Pichiu San MORDAZA s/n", distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por lo que, si bien no se acredita que MORDAZA personas domicilien en la misma direccion, si domicilian en el mismo centro poblado. c. Lugar de realizacion de las actividades del pariente del alcalde: Conforme se aprecia de los documentos que acreditan la relacion entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (considerando 13), se advierte que las labores para las cuales fue contratada se realizaron en el centro poblado Pichiu San MORDAZA, lugar en donde domicilian tanto el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como su hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadillo.

9. De esta forma, la concurrencia de estos elementos, permiten a este colegiado concluir que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encontraba en plena posibilidad de conocer oportunamente la contratacion de su hija como trabajadora de la municipalidad, dada la estrecha cercania del vinculo de parentesco, su domicilio y el lugar de realizacion de las actividades de la misma. 10. Asimismo, respecto a los documentos presentados por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 16 de marzo y 8 de junio de 2011, mediante los cuales pretende desvirtuar la existencia de injerencia en la contratacion de sus parientes, este organo colegiado considera que la sola MORDAZA de oposicion a la contratacion de parientes no siempre va a devenir en que este colegiado asuma la inexistencia de injerencia, puesto que, en aplicacion del criterio de conciencia, se concluye que los propios documentos presentados por el regidor dan cuenta de una actitud renuente por parte de la municipalidad para resolver la contratacion cuestionada ­puesto que el contrato de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no fue interrumpido sino que continuo hasta el termino proyectado de las labores­, siendo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (en dicho momento regidor) mas alla de reiterar los pedidos o informar directamente al MORDAZA en ejercicio o a la Contraloria General de la Republica no procuro la realizacion de actos tendentes a que se efectivice dicho pedido, ni tampoco brindo informacion precisa que ayudara a determinar los nombres de los parientes que debian ser separados de la municipalidad, haciendo solo una mencion generica en sus comunicaciones al hecho de haber tomado conocimiento de la contratacion de "familiares de su entorno mas cercano", comunicaciones cuyo resultado solo consulto a raiz de la solicitud de vacancia, mas de un ano despues de presentadas, conforme se aprecia del Oficio Nº 01712012.MDSM-A (folio 164), de fecha 15 de noviembre de 2012. Por ello, este Supremo Tribunal Electoral considera insuficiente la documentacion presentada por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y valorando en forma sistematica los elementos MORDAZA senalados, concluye que la autoridad cuestionada ha incurrido en la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Respecto a la supuesta contratacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hija de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa Existencia de relacion de parentesco 11. Atendiendo a la MORDAZA de la partida de nacimiento y ficha del Reniec de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 53 y 249), asi como la MORDAZA legalizada de la partida de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa (foja 52), se advierte que en los dos primeros documentos se consigna como nombre de la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa y no a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa. 12. No obstante, en virtud a la aceptacion del hecho por parte de la autoridad cuestionada, asi como por la declaracion jurada presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 28 de noviembre de 2012 (folio 142), en la cual refiere a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa como su MORDAZA, este colegiado concluye que se encuentra debidamente acreditada la existencia del vinculo de consanguinidad de primer grado entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Laguna. Existencia de vinculo laboral o contractual de similar naturaleza 13. Tomando en consideracion que en autos obran las copias de la lista de jornales, hoja de "tareo" e informe de las actividades realizadas en el periodo del 14 al 27 de marzo de 2011, en el barrio Chupa, en el MORDAZA del Programa de Mantenimiento de Infraestructura Publica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, tal como obra a fojas 55 a 82, este Supremo Tribunal Electoral concluye que se encuentra debidamente probada la existencia de un vinculo entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es hija de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zerpa, regidora de la referida municipalidad, para ejercer el cargo de jefa de brigada en el Programa de Mantenimiento de Infraestructura Publica desarrollado en el barrio Chupa.

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