Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2013 (16/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2013

Confirman Acuerdo de Concejo que declaro infundada solicitud de vacancia interpuesta contra regidor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 221-2013-JNE Expediente J-2013-0137 MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA, siete de marzo de dos mil trece VISTO en audiencia publica, de fecha 7 de marzo de 2013, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 001-2013/MPS, del 4 de enero de 2013, que declaro infundada la solicitud de vacancia contra Yemer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las causales establecidas en el articulo 22, numerales 8 y 9, esta MORDAZA concordante con el articulo 63 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Con fecha 31 de octubre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito ante el MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de Yemer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por haber incurrido en las causales de nepotismo y haber infringido las restricciones de contrataciones de bienes municipales. Dicha solicitud origino el Expediente Nº J-2012-1477 (ver folios 128 a 142). El recurrente alego como fundamento de su pedido que el regidor cuestionado influyo ante el organo responsable de las contrataciones y ante el responsable de la administracion municipal en la contratacion de su prima hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a efectos que esta realizara el injertado de plantones de paltos en el vivero fruticola de Maraybamba Bajo, existiendo conflicto de intereses, pues dicha autoridad se ha beneficiado de manera indirecta con dicha situacion, perjudicando el patrimonio municipal. Asimismo, dicho regidor ha incurrido en la causal de nepotismo, si se tiene en cuenta el vinculo de parentesco con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es su prima hermana (cuarto grado de consanguinidad). Descargo del regidor cuestionado Con fecha 3 de enero de 2013, el regidor Yemer MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su escrito de descargo ante el Concejo Provincial de MORDAZA (ver folios 19 a 31), senalando lo siguiente: a) No tuvo conocimiento de la contratacion para el injertado de plantones de palto en el vivero fruticola de Maraybamba Bajo, hasta el mes de noviembre de 2012, b) Nego haber tenido algun MORDAZA de injerencia indirecta para que el gerente y el jefe de abastecimiento suscribieran dicho contrato. c) Mediante Oficio Nº 15-2012.YLLE-REGIDORMPS-FF, solicito el cumplimiento del mandato legal de prohibicion de contratacion publica de parientes (ver folios 33). d) Solicito la nulidad del contrato MORDAZA referido en la primera oportunidad que tuvo conocimiento de este, mediante Oficio Nº 17-2012-YLLE-REGIDOR-MPS-FF, del 7 de noviembre de 2012 (ver folios 34 a 36). e) Su pariente trabaja como docente en el Cetpro de Quinches en la especialidad de cosmetologia, en el que tiene contrato desde el marzo hasta diciembre de 2012. Esta no realizo el servicio de injertado sino un tercero (ver folios 41 y 42). f) Mediante Oficio Nº 19-2012-YLLE-REGIDORMPS-FF, del 11 de noviembre de 2012, solicito la concurrencia del gerente municipal y el jefe de abastecimiento a sesion de concejo para que informaran bajo responsabilidad sobre las razones y circunstancias de la suscripcion del Contrato Nº 061-2012-MPS/AA (ver folios 37 a 38).

g) Por Oficio Nº 22-2012-YLLE-REGIDOR-MPS-FF, del 15 de noviembre de 2012, solicito informe documentado del gerente municipal y jefe de abastecimiento sobre las razones y circunstancias de la suscripcion del Contrato Nº 061-2012MPS/AA, sin recibir respuesta alguna (ver folios 39). h) Con fecha 4 de diciembre de 2012, denuncio penalmente al MORDAZA, gerente municipal y al jefe de abastecimiento de la Municipalidad Provincial de MORDAZA por los delitos contra le fe publica, falsificacion de documentos y falsedad ideologica (ver folios 44 a 48). i) El contrato sucrito con su pariente tiene una naturaleza juridica distinta a la laboral. Pronunciamiento de la Municipalidad Provincial de MORDAZA En la sesion extraordinaria del 3 de enero de 2013, el Concejo Provincial de MORDAZA declaro infundada la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Yemer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no alcanzarse la mayoria calificada de votos requerida por ley (dos tercios del numero legal de sus miembros). Dicho concejo esta integrado por ocho miembros, por lo que, la mayoria calificada, en este caso, es de 6 votos. Sin embargo, solo cinco miembros votaron a favor de que se declarara fundada la solicitud de vacancia, mientras que dos miembros votaron por que se declarara infundada, y uno no asistio. Dicha decision fue formalizada mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2013/ MPS (ver folios 13 a 17). Respecto al recurso de apelacion Con fecha 24 de enero de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion, en el cual reitera los argumentos de su pedido de vacancia, agregando que los funcionarios sobre los que influyo el regidor cuestionado para la contratacion de su prima hermana son el gerente municipal y el jefe del area de abastecimiento de la Municipalidad Provincial de MORDAZA (ver folios 2 a 8). CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si en el presente caso el regidor Yemer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incurrio en injerencia para la contratacion de su prima hermana en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y si existe conflicto de intereses entre su cargo de regidor y dicha contratacion. FUNDAMENTOS DE LA DECISION Respecto a la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM 1. Una de las causales de vacancia invocadas por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM. 2. A fin de establecer fehacientemente la existencia de la causal de nepotismo en un supuesto concreto, resulta necesario identificar los siguientes elementos: a) la existencia de una relacion de parentesco en los terminos previstos en la MORDAZA, entre el funcionario y la persona contratada; b) la existencia de una relacion laboral o contractual entre la entidad a la cual pertenece el funcionario y la persona contratada; y c) la injerencia por parte del funcionario para el nombramiento o contratacion de tal persona. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. Analisis de los elementos de la causal de nepotismo en el caso concreto Existencia de relacion de parentesco 3. El solicitante de la vacancia, a efectos de acreditar el vinculo de parentesco por afinidad entre MORDAZA MORDAZA

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