Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2013 (20/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491173

a la linea de inspeccion MORDAZA mixta autorizada mediante Resolucion Directoral N° 1595-2009-MTC/15; Que, mediante Parte Diario N° 091349 de fecha 26.07.2012 la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.-SOS S.R.L., solicita modificacion de autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular cambiando una (01) Linea de Inspeccion de MORDAZA liviana a una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Combinada y mediante el oficio N° 6977-2012-MTC/15.03 de fecha 27.09.2012 y notificado el 28.09.2012, se requiere la subsanacion de las observaciones encontradas a su solicitud para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles y mediante Parte Diario N° 121058 de fecha 03.10.2012 cumple con adjuntar la documentacion requerida; Que, mediante Informe Nº 278-2012-MTC/15.03.A.A, de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, opino que la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.-SOS S.R.L., cumplio con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, para autorizar la modificacion de autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular cambiando una (01) Linea de Inspeccion de MORDAZA liviana a una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Combinada, razon por la cual la Direccion General de Transporte Terrestre-DGTT, emite la R.D. N° 4351-2012-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que esta no ha sido publicada en el diario oficial El Peruano, por tanto no ha surtido efectos juridicos; Que, la Cuarta Disposicion complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, establece que: "Las autorizaciones otorgadas a las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas al MORDAZA de lo dispuesto por la Directiva N° 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 4000-2007-MTC/15 mantendran su vigencia original. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia del referido Reglamento, las mismas se denominaran Centros de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV (...)"; Que, el numeral 35.2 del articulo 35° del citado Reglamento establece (...) que "un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV podra realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos menores y livianos en una misma linea de inspeccion tecnica vehicular, unicamente si esta es del MORDAZA combinado y el equipamiento acreditado cumple con las exigencias establecidas para tal efecto por la normativa vigente en la materia"; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 108-2013MTC/15.03.A.A, y siendo parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspeccion Tecnicas Vehiculares y el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 0252008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la modificacion de una (01) Linea de Inspeccion de MORDAZA Liviana a una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Combinada mediante Resolucion Directoral N° 1071-2010-MTC/15, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnica Vehicular, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus Modificatorias. Articulo Segundo.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.-SOS S.R.L., debera obtener la "Conformidad de Inicio del Servicio de Inspeccion Tecnico Vehicular para una linea de MORDAZA Combinada" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar el Certificado de Homologacion de Equipos, el Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a

la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.SOS S.R.L. renovar oportunamente la Carta Fianza y la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual contratada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.-SOS S.R.L., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L.-SOS S.R.L., los gastos que origine su publicacion. Articulo Septimo.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 4351- 2012-MTC/15, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 906811-1

Autorizan funcionamiento de la Escuela de Conductores Integral MORDAZA E.I.R.L. y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1135-2013-MTC/15 MORDAZA, 7 de marzo de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 006133 y 013841 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL MORDAZA E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 006133 de fecha 15 de enero de 2013, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL MORDAZA E.I.R.L., con RUC Nº 20550228956 y con domicilio en Urbanizacion MORDAZA MORDAZA Mz. C Lt. 13, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de MORDAZA, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y Clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.