Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2013 (20/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491203

Establecen beneficios de regularizacion de obligaciones tributarias y no tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 328-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 09 de marzo de 2013, Dictamen Nº 004-2013-CARyDEL/MDR de la Comision de Administracion, Rentas y Desarrollo Economico Local, Memorandum Nº 074-2013-GR-MDR de fecha 05 de marzo de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 34-2013-SGATR-GR-MDR de fecha 04 de marzo de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, Informe Nº 113-2013-GAJ-MDR de fecha 05 de marzo de 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que es funcion de la administracion tributaria recaudar tributos y el Articulo 69 de la Ley Organica de Municipalidades senala que son rentas municipales los tributos creados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, el Articulo 41 º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administran. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion podra alcanzar al tributo; Que, esta entidad en la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales segun lo senala la Ley de Tributacion Municipal, y las Ordenanzas Municipales materia de regulacion de Arbitrios, asimismo recauda ingresos no tributarios proveniente de la emision de Multas Administrativas emitidas al MORDAZA de nuestro Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones de esta entidad; Que mediante Informe Nº 34-2013-SGATR-GR-MDR de fecha 04 de marzo de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, senala que existe un alto indice de morosidad de parte de los contribuyentes, y siendo necesario recuperar las deudas pendientes de pago a fin de conllevar la buena marcha de la administracion municipal, sugiere brindar facilidades de pago para que los contribuyentes se pongan al dia en sus pagos; Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; En uso de las facultades conferidas por los incisos 8) y 9) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza es de aplicacion para todas

las personas naturales o juridicas, que mantengan deudas tributarias derivadas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, asi como deudas por multas administrativas. Articulo Segundo.- FINALIDAD Establecer un regimen de beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes del distrito del MORDAZA, que demuestren la conducta de cumplimiento de sus obligaciones. Articulo Tercero.- ALCANCES Podran acogerse a la presente Ordenanza todos los contribuyentes que hayan cancelado o cancelen el Impuesto Predial y arbitrios correspondientes al ano 2013. El citado beneficio alcanza las siguientes obligaciones: - En cobranza ordinaria y coactiva: Obligaciones Tributarias: Deudas anteriores al ano 2013. Obligaciones No Tributarias: Deudas generadas al 28 de febrero de 2013. Articulo Cuarto.- BENEFICIOS POR DEUDAS TRIBUTARIAS ANTERIORES AL ANO 2013 Al cancelar al contado por trimestre o ano, las deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales anteriores al ano 2013, obtendran el descuento del 100% de intereses y ajustes. Articulo Quinto.MULTAS TRIBUTARIAS Y DEUDAS EMITIDAS POR FISCALIZACION TRIBUTARIA Exoneracion del 100% de las multas tributarias y deudas derivadas de un MORDAZA de fiscalizacion tributaria, siempre que se cancelen al contado las deudas generadas mediante Resoluciones de Determinacion por el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de deudas tributarias anteriores al ano 2013, emitidas por la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, previa liquidacion de intereses, efectuada por el area organica en mencion. Articulo Sexto.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Aquellos contribuyentes que tengan deudas pendientes de pago por Multas Administrativas, podran cancelarlas con un descuento del 90% del valor nominal de la Multa ya sea en via ordinaria o coactiva. Este beneficio no es aplicable para aquellos infractores que se acojan al 50% de descuento por el pago dentro del plazo de 10 dias habiles de notificada la Resolucion de Sancion establecido en el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones vigente. Articulo COACTIVA Setimo.DEUDAS EN COBRANZA

Expedientes Coactivos por deudas anteriores al ano 2013 por concepto de impuesto predial - pago al contado por trimestre o ano
DESCUENTO PAGO DE COSTAS CANCELARA

Insoluto + D. Emision con la 100% sobre los S/. 25.00 condicionante de cancelar al contado intereses y reajustes (Pago Unico) el impuesto predial 2013

Expedientes Coactivos por deudas anteriores al ano 2013 por concepto de arbitrios municipales pagoal contado por trimestre o ano
DESCUENTO PAGO DE COSTAS CANCELARA

100% sobre los S/. 25.00 (Pago Unico) Insoluto + D. Emision con la intereses y reajustes condicionante de cancelar al contado el impuesto predial 2013

Expedientes Coactivos por multas administrativas generadas al 28 de Febrero de 2013 - pago al contado por trimestre o ano

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.