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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2013 (20/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de marzo de 2013 491201 IMPUESTO PREDIAL FECHA DE VENCIMIENTO PRIMERA CUOTA 30/03/2013 SEGUNDA CUOTA 31/05/2013 TERCERA CUOTA 31/08/2013 CUARTA CUOTA 30/11/2013 Artículo 2°.- APROBAR el cronograma para el pago de Arbitrios Municipales 2013, conforme al siguiente cuadro: ARBITRIOS MUNICIPALES FECHA DE VENCIMIENTO PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA 30/03/2013 TERCERA CUOTA 30/03/2013 CUARTA CUOTA 30/04/2013 QUINTA CUOTA 31/05/2013 SEXTA CUOTA 28/06/2013 SETIMA CUOTA 31/07/2013 OCTAVA CUOTA 31/08/2013 NOVENA CUOTA 28/09/2013 DECIMA CUOTA 31/10/2013 DECIMA PRIMERA CUOTA 30/11/2013 DECIMA SEGUNDA CUOTA 29/12/2013 Artículo 3°.- APROBAR el descuento oportuno en Arbitrios Municipales 2013, con los siguientes alcances: a) Por el pronto pago anual adelantado realizado hasta el 30 de marzo del 2013, obtendrán un diez por ciento (10%) sobre el monto insoluto anual de los Arbitrios Municipales. b) Por el pronto pago mensual adelantado (hasta cada fecha de vencimiento), obtendrán un cinco por ciento (5%) sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales. Artículo 4°.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 913380-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Ordenanza sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 176-2013-MDC Cieneguilla, 16 de febrero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha el Informe Nº 023- 2013/GDUR-MDC de la Subgerencia de Obras Públicas, Privadas, Transporte y Catastro, Informe Nº 042 y 51-2013-SGFCM-GM-MDC,de la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal, Informe Nº 27y16-2013- GSCMA-MDC, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y el Informe Nº 016-2013-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido al proyecto de Ordenanza sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos en el Distrito de Cieneguilla; de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 los miembros integrantes del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, han dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE PREVENCION Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos en el Distrito de Cieneguilla, el mismo que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE e INCLÚYASE dentro del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, las infracciones descritas en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DELEGAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la facultad para que mediante Decreto de Alcaldía; dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la elaboración de un programa preventivo y de educación ambiental, en coordinación con los diferentes actores de la sociedad civil del distrito. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el anexo en la página Web. A la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la presente ordenanza. Artículo Sexto.- DERÓGUESE cualquier norma municipal que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 913277-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban Ordenanza que regula la presentación de la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial para personas que tienen la condición de omisos a la Declaración Jurada del Impuesto Predial y establecen beneficios ORDENANZA Nº 327-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 09 de marzo de 2013, Dictamen Nº 003-2013- CARyDEL/MDR de la Comisión de Administración, Rentas y Desarrollo Económico Local, Memorándum Nº 074-2013-GR-MDR de fecha 05 de marzo de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 34-2013-SGATR- GR-MDR de fecha 04 de marzo de la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación, Informe Nº 112-2013-GAJ-MDR de fecha 05 de marzo de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;