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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de marzo de 2013 491200 Nº 2127-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 08 de enero de 2013, asimismo reitera lo expuesto en el Informe Nº 384- 2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 13 de noviembre de 2012 que señala que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada cumple los planes urbanos respecto a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, por lo que se concluye en remitir los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente; Que, mediante Informe Nº 052-2013-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 15 de febrero de 2013 (fs.219 al 221), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PROMOTORA MONTES YACTAYO S.R.L. propietario del terreno de 32,340.00 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 304678 que continua en la Partida Electrónica Nº 44168952 del Registro Predial Urbano de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 53 al 57); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 384-2012-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 061-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fechas 13 de noviembre de 2012 y fecha 15 de febrero de 2013, respectivamente y Nº 052-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 15 de febrero de 2013; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Alcaldía Nº 081-2007-AL/MDSMP, de fecha 02 de febrero de 2007 y su rectifi catoria Resolución de Alcaldía Nº 015- 2013/MDSMP, de fecha 17 de enero de 2013, expedidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 183-MML, Nº 341-MML, Nº 687-MML y 292-MML, Decreto de Alcaldía Nº 082–96 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD a la Resolución de Alcaldía Nº 081-2007-AL/MDSMP, de fecha 02 de febrero de 2007 y su Rectifi catoria Resolución de Alcaldía Nº 015-2013/MDSMP, de fecha 17 de enero de 2013, expedidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve Aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media ”R-4”, Comercio Vecinal “C-2” y Comercio Sectorial “C-3”, del inmueble de 32,340.00 m², constituido por el Lote 6 que formó parte del Lote A-1 del Ex Fundo Chuquitanta, signado con Unidad Catastral Nº 10370, inscrito en la Ficha Registral Nº 304678 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 44168952 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Poncianas, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 003-2013-SGCHU- GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PROMOTORA MONTES YACTAYO S.R.L. y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 913559-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Prorrogan plazo del vencimiento del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2013 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 281-MDCH Chaclacayo, 28 de febrero de 2013 VISTO: El pedido de la Regidora Petra Djuknovich Barba y el Informe N° 018-2013-GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe N° 040-2013-MDCH-GAJ; y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, se establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 15° del TUO de la Ley de Tributación Municipal, señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, y b) en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero, que sería para el presente caso el 28 de febrero del 2013; Que, la Ordenanza Municipal N° 275 -MDCH señala que se aplique para el ejercicio gravable 2013, lo dispuesto en las Ordenanzas N° 219,221,224 -MDCH, en las que se indica que los Arbitrios Municipales son de periodicidad y determinación mensual, materializándose el último día hábil de cada mes a través de Ordenanza que lo establezca; por lo que es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago de dicho concepto; Que, con Ordenanza Municipal N° 226 se aprobaron descuentos por pago oportuno de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2011, Ordenanza que incentivaba al contribuyente que cumple con sus obligaciones, por lo que es necesario disponer que en el presente ejercicio 2013 se apliquen en todos sus alcances; Que, con Informe N° 018-2013-GATYR/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas – GATYR, señala que es necesario prorrogar el plazo para el pago del Impuesto Predial a vencerse el 28 de febrero del 2013 para el 30 de marzo del 2013; así como fi jar el cronograma para el pago de Arbitrios 2013, dentro del cual se establezca para los meses de enero, febrero y marzo el vencimiento sea el 30 de marzo del 2013. Asimismo, señala que para promover e incentivar que los contribuyentes cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias se otorgue el benefi cio se pago voluntario hasta el 30 de marzo del 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, se aprobó: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2013 Artículo 1°.- PRORROGAR el pago de la primera cuota del Impuesto Predial, para los casos de pago al contado o fraccionado hasta el 30 de marzo del 2013, quedando el cronograma de pagos según el siguiente cuadro: