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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de marzo de 2013 491193 a cabo los días 21 y 22 de marzo de 2013, en la ciudad de Quito, República de Ecuador; CONSIDERANDO: Que, en el marco del acuerdo de cooperación institucional con ALIDE, este programa está dirigido al personal de la Superintendencia de Banca y Seguros de Ecuador con el fi n de compartir las experiencias de Perú en materia de regulación y supervisión bancaria; Que, el objetivo principal de este programa es proporcionar a los participantes fundamentos técnicos y principales criterios para la identifi cación, control y supervisión de los riesgos que enfrentan el negocio fi nanciero y su integración dentro de la estrategia corporativa; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés institucional, se ha designado a los señores Luis Martín Auqui Cáceres, Intendente del Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y Gabriel Gallo Fuentes, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas para que participen en dicho evento, en calidad de expositor y co-expositor, respectivamente; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de los funcionarios antes mencionados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos por la Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo (ALIDE), los viáticos del señor Luis Martín Auqui serán cubiertos por ALIDE, en tanto los gastos por concepto de viáticos del señor Gabriel Gallo y viáticos complementarios del señor Luis Martin Auqui serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Luis Martín Auqui Cáceres, Intendente del Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y Gabriel Gallo Fuentes, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, del 20 al 23 de marzo de 2013, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación de los funcionarios antes mencionados en el referido evento en cumplimiento de la presente autorización, por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos por la Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo (ALIDE), los gastos por viáticos del señor Luis Martín Auqui serán cubiertos por ALIDE, en tanto los gastos por concepto de viáticos del señor Gabriel Gallo y viáticos complementarios del señor Luis Martin Auqui serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 720.00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 913921-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban la conformación de la Instancia Regional de Concertación contra la violencia hacia la Mujer de la Región Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-GRA/CR Huaraz, 10 de enero del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Estado Peruano, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modifi catorias y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada mediante Ley Nº 27902; Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modifi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la violencia hacia la mujer en sus diferentes manifestaciones constituye una violación de los derechos humanos, esta situación logra ser reconocida ofi cialmente luego de una larga y sostenida lucha del movimiento feminista a nivel internacional, en la II Conferencia Anual de Derechos Humanos de la Naciones Unidas realizada en Viena el año de 1993; Que, el reconocimiento progresivo de la parte de la Comunidad Internacional, expresa en el Sistema de Protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos,