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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2013 (28/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491801 Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2011- PCM, se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), en cuya elaboración han intervenido, entre otros, representantes de entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales, organismos constitucionalmente autónomos y entidades privadas, así como de organismos no gubernamentales, entidades cooperantes, colegios profesionales, instituciones académicas y de entidades gremiales; Que, la Ley N°29380, dispuso la creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 224-2012-MTC/01 del 07 de mayo de 2012, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el Plan Estratégico Multianual 2012-2016, del Sector Transportes y Comunicaciones; siendo uno de sus objetivos estratégicos específi cos promover la formalización e impulsar la prestación de servicios de transporte seguros, efi cientes y competitivos; así como fortalecer los mecanismos de supervisión y fi scalización de los servicios de transporte; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto ha procedido a elaborar el proyecto del Plan Estratégico Institucional 2013-2016 de la SUTRAN, en el cual se ha recogido los aportes y sugerencias de los responsables de los órganos y unidades orgánicas de la referida Entidad, así como de los representantes de los transportistas y de la sociedad civil, proyecto que ha sido remitido con Documento Interno N° 069-2013-SUTRAN/05.02 del 31 de enero de 2013; Que, la Ofi cina de Asesoría Legal mediante Informe Legal N° 059-2013-SUTRAN/05.1 del 31 de enero de 2013, opina que el Proyecto del Plan Estratégico Institucional 2013-2016 de la SUTRAN ha sido elaborado de conformidad con las normas de la materia; por lo que deber ser aprobado por el Consejo Directivo, por ser de su competencia; Que, el inciso b) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2010-MTC, establece como órgano máximo de la Superintendencia al Consejo Directivo, estando dentro de sus funciones aprobar el Plan Estratégico Institucional; Que, el Consejo Directivo ha acordado aprobar el Plan Estratégico Institucional 2013-2016 de la SUTRAN; De conformidad con la Ley N°29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N°021-2010- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2013-2016 de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN; cuyo contenido forma parte de la presente Resolución. Articulo 2º.- Comunicar la presente Resolución a Secretaría General, a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Ofi cina de Administración, para su conocimiento y fi nes. Articulo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web institucional de SUTRAN. Regístrese y comuníquese. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN ABEL ALVARADO HUERTAS Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 917084-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Amplían plazo para la remisión de comentarios al Proyecto de Reglamento para la Supervisión de la Cobertura Garantizada de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 039-2013-CD/OSIPTEL Lima, 21 de marzo de 2013 MATERIA : AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA REMISIÓN DE COMENTARIOS AL PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA COBERTURA GARANTIZADA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES Y FIJOS CON ACCESO INALÁMBRICO VISTO: El Informe N° 203-GFS/2013 de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda disponer la ampliación del plazo para comentarios al Proyecto de “Reglamento para la Supervisión de la Cobertura Garantizada de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico”; y, con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 016-2013-CD/OSIPTEL, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 21 de febrero de 2013, se dispuso la publicación para comentarios del Proyecto de “Reglamento para la Supervisión de la Cobertura Garantizada de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico”; Que, el artículo segundo de la aludida Resolución estableció un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios respecto del referido proyecto normativo publicado; Que, conforme con lo señalado en el Informe N° 203- GFS/2013 de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión, diversas empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones y/o asociación de las mismas, que son objeto de aplicación del referido proyecto normativo, han solicitado la ampliación del plazo para remitir comentarios, argumentando, principalmente, la importancia del proyecto y el nivel de complejidad que implica el análisis de las disposiciones planteadas; Que, resulta de importancia que los interesados revisen a detalle el Proyecto de “Reglamento para la Supervisión de la Cobertura Garantizada de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico” y formulen sus comentarios; y, Que, en aplicación de las funciones previstas en el inciso p) del Artículo 25° y en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión N° 496. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar quince (15) días calendario adicionales, a partir de la publicación de la presente resolución, para la remisión de comentarios al Proyecto de “Reglamento para la Supervisión de