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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2013 (28/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491814 POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 15 días del mes de marzo del 2013. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional de Amazonas 917078-1 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Aprueban Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 049-2013-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la tercera Sesión Extraordinaria de fecha veintiocho de febrero del año dos mil trece, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comisión Especial que levanta las observaciones de la Presidencia Regional del Cusco sobre el nuevo Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680 que modifi ca el artículo 191º, establece en su segundo párrafo que la Estructura Orgánica Básica de los Gobiernos Regionales, la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Presidente como Órgano Ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades; Que, la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, capítulo II sobre Normatividad y Procedimientos, artículo 11º en relación a la aprobación del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, está sujeta al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución y leyes de la República; Que, el artículo 11º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por el Artículo Único de la Ley 29053, señala la estructura orgánica básica de los gobiernos regionales, correspondiendo al Consejo Regional la función normativa y fi scalizadora; Que, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, es un instrumento indispensable para guiar y conducir en forma ordenada el desarrollo de las actividades del Consejo Regional de Cusco, evitando la duplicidad de esfuerzo, razón por la cual es necesario aprobar un nuevo instrumento normativo que incorpore modifi caciones, así como precise procedimientos que modernicen la gestión del Consejo Regional de Cusco y que permitan el desempeño adecuado y efi ciente de las funciones asignadas; Que, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco cuenta con disposiciones generales en relación a su ámbito, funciones y control político, señala derechos y deberes de los Consejeros, regula su organización y funcionamiento en cuanto a su organización parlamentaria, servicio parlamentario, periodo, sesiones y el procedimiento legislativo, interpelación, vacancia y suspensión; Que, el Artículo 84º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 021- 2001-GR CUSCO y sus modifi catorias señala que, en caso una Ordenanza Regional, haya sido objeto de observación por parte del Presidente Regional, el pleno del Consejo Regional dispondrá su remisión a la comisión de origen. El nuevo dictamen se someterá a votación y de ser aprobada será promulgada por el Consejero Delegado. Que, con fecha 14 de septiembre del 2012, el Consejero Delegado del Consejo Regional del Cusco, remite la Ordenanza Regional Nº 038-2012-CR/GRC.CUSCO que aprueba el Reglamento de Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, para su promulgación al Presidente Regional del Cusco; la misma que fue observada dentro del termino de ley y devuelta al Consejo Regional del Cusco, para su conocimiento. Que, por estas consideraciones y, en uso de las atribuciones conferidas y al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y conforme lo dispone el Artículo 84º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco; se HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, que consta de Siete (07) Títulos, ciento veintinueve (129) artículos y siete (07) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, la misma que es parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Deróguese las Ordenanzas Regionales Nºs. 021-2001-GR CUSCO y 044-2008-GR CUSCO que aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco y su modifi catoria, así como la Ordenanza Regional Nº 038-2012-CR/GRC.CUSCO Artículo 3º.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Consejo Regional del Cusco, a los un día del mes de marzo del año dos mil trece. VALERIO PACUALA HUILLCA Consejero Delegado Periodo 2013 Consejo Regional de Cusco 917925-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Crean e implementan el Consejo Regional de Desplazados y Cultura de Paz e institucionalizan el Día Internacional de la Paz en la Región ORDENANZA REGIONAL Nº 320-2013-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 14 de enero 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión ordinaria de fecha nueve de enero del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú señala, en su artículo 1º, que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado; en su artículo 2º, inciso 22 señala que toda persona tiene derecho a la Paz, a la tranquilidad, al disfrute