Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2013 (29/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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DECRETA: Articulo 1°.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA 2013 el plazo de vigencia de la Ordenanza N°499-MSB, sobre "Beneficio de Regularizacion de Edificaciones ejecutadas sin Licencia de Edificacion en el Distrito de San Borja". establecido para el caso de aquellas construcciones ejecutadas despues del 27 de setiembre de 2008 hasta MORDAZA de la entrada en vigencia de la citada Ordenanza, asi como de aquellas construcciones efectuadas sobre retiro municipal hasta MORDAZA de entrada en vigencia de dicha Ordenanza. Articulo 2°.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA Institucional y MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion en el Distrito. Articulo 3°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la Unidad de Obras Privadas y la Unidad de Control Urbano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 943260-1

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2013

para aprobacion el proyecto de "Reglamento de Ingreso, Administracion y Disposicion o Transferencia de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de San Borja"; Estando a lo dispuesto en los articulos 38°, 39° y 42° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del articulo 20°; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Planificacion Estrategica, Gerencia de Administracion y Finanzas, y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Ingreso, Administracion y Disposicion o Transferencia de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Publiquese el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional www.munisanborja.gob.pe Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 943281-1

Aprueban Reglamento de Ingreso, Administracion y Disposicion o Transferencia de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2013-MSB-A San MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe N°188-2013-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 07 de MORDAZA de 2013, el Memorandum N°073-2013-MSB-GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas del 13 de febrero de 2013, el Informe N°024-2013-MSB-GPE-UR de la Unidad de Racionalizacion de fecha 24 de enero de 2013, el Memorandum N°620-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 20 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades establece, que los gobiernos locales gozan de autonomia economica, administrativa y politica en los asuntos de su competencia, que radica en ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad, constituyen el patrimonio municipal, cuya administracion es autonoma con las garantias y responsabilidades que la legislacion de la materia establece; Que, la Ley N°29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes del Estado, y su Reglamento, aprobado por D.S.N° 007-2008-VIVIENDA, regula el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado; Que, la normativa de la materia dispone, que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan integral y coherentemente los bienes estatales en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional o Local, cuya gestion moderna y descentralizada esta basada en los principios de eficiencia, transparencia y racionalidad del uso del patrimonio mobiliario e inmobiliario estatal; para tal efecto dispone que la SBN es el Ente Rector para lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente; Que, en este sentido, mediante Ordenanza N°503MSB- de fecha 15 de MORDAZA de 2013 se establecen los "Lineamientos Generales para reglamentar el procedimiento de registro, administracion y disposicion de los bienes municipales"; Que, mediante Memorandum N°620-MSB-GM, de acuerdo a la documentacion sustentatoria del visto se propone

Aprueban reconvencion de los terminos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2013-MSB-A San MORDAZA, 28 de MORDAZA 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA: VISTOS, el Informe 164-2013-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 16 de MORDAZA de 2013, el Memorando N°481-2013-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 22 de MORDAZA de 2013, el Memorandum N°136-2012-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 20 de febrero de 2012, el Informe N°070-2013-MSB-GMGPE de la Gerencia de Planificacion Estrategica de fecha 10 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru dispone que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad con las funciones y atribuciones que les senala la ley; Que, mediante Decreto Supremo N°062-2009-PCM se aprobo el formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA estableciendo precisiones para su aplicacion; asimismo, el articulo 4° de la MORDAZA acotada prescribe que la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenido en el TUPA; senala que dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion del valor de la UIT, las entidades a traves del funcionario responsable encargado de ingresar y publicar la informacion del MORDAZA en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, senalado en el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N°293-2006-PCM y el funcionario de cada entidad de ingresar y publicar la informacion en el MORDAZA Web Institucional, deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente, entre el MORDAZA valor de la UIT; Que, mediante Decreto Supremo N°264-2012-EF publicado con fecha 20 de diciembre de 2012, se establecio el MORDAZA valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el ano 2013, ascendente a la suma de S/.3,700.00 nuevos soles (tres mil setecientos y 00/100 nuevos soles); Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N°164-2013-MSB-GM-GAJ efectuado el analisis respectivo, senala que el reajuste realizado por la Gerencia de Planificacion Estrategica cumple los presupuestos legales; Que, de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, los Textos Unicos

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