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El Peruano Miércoles 29 de mayo de 2013 495698 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el Inciso a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, el artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, es función específi ca de los Gobiernos Regionales en materia ambiental: “formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales”; “implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales”, y “formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”; conforme lo disponen los literales a) y b) del artículo 53 y literal c) del artículo 49, respectivamente, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, a través del Pedido N° 05-2013-GOREMAD-CR/ CENR, el Consejero Regional Ing. Carlos Emérico Nieto Ramos, propone que, mediante Ordenanza Regional se institucionalice la “Mesa de Servicios Ambientales y la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación – REDD”. Que, la Mesa de Trabajo de Servicios Ambientales y REDD (“MSAR-REDD”), se defi ne como un espacio de interlocución entre las diferentes organizaciones públicas y privadas interesadas en promover temas de servicios ambientales y de reducción de emisiones por deforestación y degradación del bosque –REDD en la Región Madre de Dios, basado en la libre participación, buena fé y compromiso de sus integrantes. En ella se analiza y debate los temas sobre reducción de emisiones por deforestación y degradación forestal, conservación de ecosistemas, manejo sostenible del bosque y mejoramiento del stock de carbono de los bosques en los países en desarrollo. Que, se ha emitido el Informe N° 14-2013-GOREMAD/ GRRNYGMA/SGGAYDS de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, sobre propuesta de modifi cación de Resoluciones Ejecutivas de la referida Mesa de Trabajo, mediante Ordenanza Regional. Dicho documento que, a su vez, constituye una opinión técnica, resume el marco teórico sobre cambio climático, servicios ambientales, su importancia y la reducción de emisiones por deforestación y degradación. Seguidamente, designa las instituciones públicas o de la sociedad civil conformantes, así como las Comisiones y Sub Comisiones de Trabajo y algunos logros alcanzados como selección de la metodología desarrollada por Conservación Internacional- Perú/ Centro de Datos para la Conservación – UNALM que servirá “para la elaboración de la Línea Base Regional de Deforestación de Madre de Dios”, y la Consultoría para “establecer lineamientos técnicos para completar una línea de base de carbono y diseñar un sistema de medición y monitoreo para la reserva de carbono en la región de Madre de Dios…”. Concluye señalando que por ser “un espacio multidisciplinario donde se viene obteniendo productos que deberán ser reconocidos y validados mediante norma regional…a fi n de obtener…seguridad legal”, dicha Mesa de Trabajo, merece ser reconocida mediante Ordenanza Regional. Que, mediante Informe Legal N° 215-2013-GOREMAD/ ORAJ; la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, refi ere que a través del Informe N° 054-2012-GOREMAD/GRRNYGMA/ SGGAYDS se ha recomendado la modifi cación del nombre de la Mesa de Trabajo de Servicios Ambientales y REDD “MSAR –REDD” por el de “Mesa de Servicios Ambientales y Reducción de Emisiones por la Deforestación y Degradación (REDD +) – Madre de Dios “MSAR-MDD”, con el objetivo de “facilitar el desarrollo e implementación de políticas y medidas de mitigación y adaptación al cambio climático a nivel regional, entre otras tareas”; por lo que opina que es coherente y atendible por parte del Consejo Regional, el pedido de aprobación para instituir dicha Mesa de Servicios Ambientales, “previo requerimiento de los Informes Técnicos”, dado que en el “análisis de la realidad ambiental en la región, se han identifi cado una serie de problemas generados por las condiciones de precariedad en el desarrollo de los modelos productivos y formas de vida en las diferentes partes de la región y pisos ecológicos, tales como la extracción ilegal de mineral aurífero fuera del corredor minero…incendios forestales, …contaminación de ríos, quebradas y humedales con mercurio, extracción forestal insostenible…”, entre otros, que requieren “medidas concertadas y articuladas entre los diversos sectores del Estado y la Sociedad Civil…”. Que, asimismo, la Mesa de Servicios Ambientales y REDD+ de la Región Madre de Dios tiene como Anexo un proyecto de Reglamento Interno, que consta de 5 capítulos y 19 artículos, el mismo que amerita su aprobación juntamente con su reconocimiento ofi cial. Que, en concordancia con los informes técnico y legal que anteceden, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, ha emitido el Dictamen N° 004-2013-GOREMAD/ CAMAAYCCNN, en sentido favorable a lo solicitado; Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR, la “Mesa de Servicios Ambientales y Reducción de Emisiones por la Deforestación y Degradación (REDD+) – Madre de Dios”, signada como “MSAR-MDD”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento Interno de la Mesa de Servicios Ambientales y Reducción de Emisiones por la Deforestación y Degradación (REDD+) – Madre de Dios (“MSAR-MDD”), el cual consta de 5 capítulos y 19 artículos, cuyo Anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los quince días del mes de abril del año dos mil trece. CARLOS EMERICO NIETO RAMOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los quince días del mes de abril del año dos mil trece. JORGE ALBERTO ALDAZABAL SOTO Presidente Regional 942261-1 Crean el Sistema de Información Ambiental Regional de Madre de Dios (SIAR - MDD) ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 12 de abril del 2013,