Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2013 (29/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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PROYECTO

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2013

AGRICULTURA Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y su Exposicion de Motivos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0179-2013-AG MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Memorandum Nº 1349-2013-AG-DGFFS (DICFFS), de fecha 17 de MORDAZA de 2013, expedido por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3 de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que el Ministerio de Agricultura es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, responsabilidad que es asumida por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA - DGFFS, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Que, con el objeto de fortalecer las acciones de control a las actividades de transporte, transformacion y/o comercializacion de productos forestales y de fauna MORDAZA, la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, propuso la modificacion del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, lo cual permitira perfeccionar las normas reglamentarias en esos aspectos, a efectos de garantizar el aprovechamiento sostenible de dichos recursos; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, dispone en su articulo 14, "(...) las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, (...). Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas"; Que, en tal sentido, a fin que las entidades publicas y privadas, asi como las personas interesadas puedan formular sus sugerencias y comentarios respecto de las medidas que se proponen, es necesario disponer la publicacion del referido proyecto de MORDAZA, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que incorpora el numeral 3.101 al articulo 3 y los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 al articulo 363; sustituye el articulo 57, el tercer y MORDAZA parrafos del articulo 76, los articulos 125, 303, 318, 369, 377, 379 y 383; modifica el primer y MORDAZA parrafos del articulo 62, el articulo 300, el primer parrafo e incorpora el MORDAZA parrafo al articulo 302; modifica los articulos 305, 320, 370, 380 y los literales "g", "h" y "t" del articulo 363; y deroga el articulo 321 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG, y su exposicion de motivos, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Agricultura, www.minag.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas y privadas, y de la ciudadania en general, dentro del plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia habil siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Informacion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten referidos al citado proyecto de Decreto Supremo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 014-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, en adelante la Ley, tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA del MORDAZA, compatibilizando su aprovechamiento con la valorizacion progresiva de los servicios ambientales del bosque, en MORDAZA con el interes social, economico y ambiental de la Nacion, de acuerdo con lo establecido en los articulos 66 y 67 de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, y los Convenios Internacionales vigentes para el Estado Peruano; Que, el numeral 3.3 del articulo 3 de la Ley, establece que el Ministerio de Agricultura es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, responsabilidad que es asumida por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; Que, con el objeto de fortalecer las acciones de control a las actividades de transporte, transformacion y/o comercializacion de productos forestales y de fauna MORDAZA, es necesario perfeccionar las normas reglamentarias en esos aspectos, a efectos de garantizar el aprovechamiento sostenible y origen legal de dichos recursos; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; DECRETA: Articulo 1.- Incorporacion del numeral 3.101 al articulo 3 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, en adelante el Reglamento

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