Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2013 (29/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Miércoles 29 de mayo de 2013 495703 de Procedimientos Administrativos que elaboren y aprueben las entidades de la administración pública, deberán comprender, entre otros, los supuestos en que procede el pago de los derechos de tramitación, siendo que dichos montos deberán ser expresados con relación a la UIT vigente, publicándose en moneda de curso legal; Que, en consecuencia la modifi cación del monto de la UIT fi jada mediante Decreto Supremo N° 264-2012-EF, con el nuevo valor determina la necesidad de actualizar los montos consignados en el TUPA vigente, adecuando el valor porcentual con relación a la UIT vigente para el año 2013, lo cual no implica una alteración de la tasa establecida; en consecuencia, no es necesario efectuar la modifi cación indicada mediante ordenanza municipal; Que, es de precisar que, de acuerdo al numeral 5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, se dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; por lo que procede se actualice el TUPA, adecuándolo al valor porcentual con relación a la Unidad Impositiva Tributaria -UIT, vigente para el año 2013 de acuerdo al Decreto Supremo N°264-2012-EF; Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentación sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; y con el visto bueno de la Gerencia de Planifi cación Estratégica, Gerente de Administración y Finanzas, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la reconversión de los términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad de San Borja, actualizados en función a la UIT establecida para el año Fiscal 2013, en tres mil setecientos y 00/100 nuevos soles (S/.3,700.00), contenido en el anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano, así como encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto y su anexo en el Portal Institucional y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias y Unidades Orgánicas de la corporación municipal el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 943280-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el Programa “Minimización y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral” DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2013-MPH Huaral, 17 de mayo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe N° 0120-2013/MPH/GSCyGA de fecha 15 de Mayo del 2013, el Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través del cual solicita la Aprobación del Programa “Minimización y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de la Capital de la Provincia de Huaral”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-EF de fecha 11 de Enero del 2013 se Aprueban los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el Año Fiscal 2013, determinado como meta para las municipalidades de categoría mediana dentro del cual está considerada la Municipalidad Provincial de Huaral, la Implementación de un Programa de Segregado de Residuos Sólidos. Que, en este contexto, mediante Ordenanza Municipal N° 008-2011-MPH de fecha 28 de Junio del 2011, se Aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) del distrito capital de la Provincia de Huaral, concordante al Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la provincia, aprobado con Ordenanza Municipal N° 007-2011- MPH de fecha 28 de Junio del 2011, Instrumentos de Gestión Municipal, que orientan el desarrollo de acciones para mejorar el Servicio de Limpieza Pública en el ámbito del Distrito. Que, mediante Informe N° 095-2013/MPH/GSCyGA de fecha 11 de Abril del 2013, el Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, presenta el Programa: “Programa de Minimizar y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral”, solicitando su aprobación a fi n de dar cumplimiento a la Meta de Implementación de un Programa de Segregación en la fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, acorde a la Guía Técnica del Consejo Nacional de Ambiente (MINAN). Que, a través del Memorándum N° 0181-2013/MPH/GPPR de fecha 12 de Abril del 2013 aún vigente a la fecha, el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización señala que el Programa: “Minimización y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral”, tiene como objetivo contribuir a mejorar la gestión de Residuos Sólidos, con un manejo adecuado del Segregado y la Recolección Selectiva desde el interior de los Domicilios, minimizando los volúmenes de Residuos Sólidos en la Recolección y transporte disminuyendo con ello el gasto municipal en el Servicio de Recojo de Residuos Sólidas; por lo que, concluye que es procedente la aprobación del citado Programa mediante Decreto de Alcaldía. Que, a través del Informe Nº 0464-2013-MPH-GAJ de fecha 17 de Mayo del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la expedición del Decreto de Alcaldía, que Aprueba el Programa “Minimización y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de la Capital de la Provincia de Huaral”, debiéndose expedir el acto administrativo, conforme lo establece el Artículo 42° en concordancia con el Artículo 20° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa “Minimización y Recolección Segregada de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral”, que tiene por objetivo contribuir a Mejorar la Gestión de los Residuos Sólidos Municipales del Distrito Capital de la Provincia de Huaral, con un manejo adecuado del Segregado y la Recolección Selectiva desde el interior de los Domicilios, conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental como responsable de la Recolección de los Residuos Sólidos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización efectué las acciones presupuestales correspondientes, para el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web Institucional (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 942582-1