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El Peruano Jueves 30 de mayo de 2013 495720 Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Wladimiro GIOVANNINI y Freire y del Capitán de Navío Alfred Charles Dionisio TENNISON Maynetto, para que participen en la Conferencia de Crítica por término del Ejercicio Multinacional BRAPER - 2013, a realizarse en las ciudades de Natal y Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 31 de mayo al 3 de junio de 2013, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, con el fi n de prever la participación del Personal Naval designado en las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) días después, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Wladimiro GIOVANNINI y Freire, CIP. 02779523, DNI. 43568578 y del Capitán de Navío Alfred Charles Dionisio TENNISON Maynetto, CIP. 00883682, DNI. 43394819, para que participen en la Conferencia de Crítica por término del Ejercicio Multinacional BRAPER - 2013, a realizarse en las ciudades de Natal y Río de Janeiro, República Federativa del Brasil del 31 de mayo al 3 de junio de 2013; así como, autorizar su salida del país el 30 de mayo y su retorno el 4 de junio de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 1,100.00 x 2 personas US$ 2,200.00 Pasajes Aéreos: Río de Janeiro - Natal - Río de Janeiro US$. 500.00 x 2 personas US$ 1,000.00 Viáticos: US$. 200.00 x 4 días x 2 personas US$ 1,600.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 4,800.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los Ofi ciales comisionados, deberán dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Almirante, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 943921-5 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2013-DE/SG Lima, 29 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nºs. 353 y F-246 del 9 y 28 de mayo de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 930/ORIE/c.2 del 22 de mayo de 2013, el Sub Jefe de la Ofi cina de Relaciones Internacionales del Ejército por encargo del Comandante General del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 30 al 31 de mayo de 2013, a fi n de participar en la presentación de Vehículos de Combate Stryker, que realizará en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Mayor Richard PRAUSA de los Estados Unidos de América, del 30 al 31