Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2013 (30/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2013

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de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior Encargado del Despacho de Defensa 943865-2

de MORDAZA de 2013, a fin que participe en la MORDAZA de Vehiculos de Combate Stryker, que realizara en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior Encargado del Despacho de Defensa 943865-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 438-2013-DE/SG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nºs. 354 y F-245 del 9 y 28 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 931/ORIE/c.2 del 22 de MORDAZA de 2013, el Sub Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejercito por encargo del Comandante General del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 30 al 31 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en el evento denominado "Expertos en Temas de Ingenieros de MORDAZA Oeste", que se realizara en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 30 al 31 de MORDAZA de 2013, a fin que participen en el evento denominado "Expertos en Temas de Ingenieros de MORDAZA Oeste", que se realizara en la MORDAZA de Lima. 1. 2. 3. 4. 5. 6. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayor Mayor MORDAZA Primera MORDAZA P. STEPHENS MORDAZA T. MILLER Dereck GAUDLITZ MORDAZA E. HAMMACK MORDAZA HODGES MORDAZA TOLLEY

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas del Pliego Ministerio de Salud a favor de sus organismos publicos y de los gobiernos regionales para el financiamiento de la II Etapa del MORDAZA extraordinario por trabajo medico y asistencia nutricional para medicos cirujanos y MORDAZA extraordinario para los profesionales de la salud no medicos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 105-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y de los Gobiernos Regionales; Que, la Trigesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza de manera excepcional al Ministerio de Salud a otorgar un MORDAZA extraordinario por trabajo medico y asistencia nutricional a favor del personal medico cirujano cuyas plazas se encuentren consideradas en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) del Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y los Gobiernos Regionales; y un MORDAZA extraordinario a los profesionales de la salud no medicos cuyas plazas se encuentren consideradas en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) de las entidades MORDAZA citadas; Que, de acuerdo a dicha disposicion, los bonos se otorgaran por las respectivas dependencias, en dos etapas, la primera etapa en el mes de diciembre del Ano Fiscal 2012, y la MORDAZA, en el mes de MORDAZA del Ano Fiscal 2013, en MORDAZA etapas conforme al siguiente detalle: S/. 3 500,00 a favor del personal medico y S/. 2 500,00 a favor del personal profesional de la salud no medicos; Que, la Trigesima Novena Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29951, dispone, asimismo, que para el Ano Fiscal 2013, dichos bonos se financiaran con cargo al presupuesto institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud, quedando exceptuados para tal efecto de lo dispuesto en el articulo 6º de la presente norma; Que, para el financiamiento del MORDAZA extraordinario por trabajo medico y asistencia nutricional para medicos cirujanos y MORDAZA extraordinario para los profesionales de la salud no medicos, cuyas plazas se encuentran consideradas en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), la citada MORDAZA autoriza al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los organismos publicos adscritos al sector y de los gobiernos regionales mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este ultimo; Que, con Oficio Nº 1306-2013-SG/MINSA, el Ministerio de Salud ha solicitado se autorice una transferencia de

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que

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