Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (01/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 98

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506356 Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 255 de fecha 19 de setiembre de 2013 se establece el Benefi cio Regularización Tributaria y No Tributaria en la Jurisdicción de San Juan de Lurigancho vigente hasta el 31 de octubre del presente año; Que, la Ordenanza Nº 255, en su Sexta Disposición Final, faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como también establecer la prórroga en la vigencia de la misma; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 105-2013-GR/MDSJL, de fecha 22 de octubre de 2013, precisa que al amparo de lo establecido en la Norma VII del Título Preliminar y el artículo 41º, del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133- 13-EF, y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 255, y teniendo en cuenta que aún existe un gran número de contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones Tributarias y No Tributarias, resulta conveniente prorrogar dicho plazo hasta el 30 de noviembre de 2013; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 519-2013-GAJ/MDSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prórrogar hasta el 30 de noviembre de 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 255- 2013-MSJL. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1007905-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial en diversos sectores del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2013/MDSMP San Martín de Porres, 29 de octubre del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 056-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de plazo para la presentación de la Declaración Jurada Masiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 348-MDSMP (27. AGOSTO.2013), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31.AGOSTO.2013 se establece en nuestra jurisdicción la obligación de todo propietario y poseedor de predios (cuya propiedad no ha podido ser determinada) de presentar la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial; estableciéndose el cronograma de su presentación en los 05 sectores determinados para la implementación de esta norma municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 018-2013/ MDSMP (30.SETIEMBRE.2013) se prorrogó hasta el 31.OCTUBRE.2013 el plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en los Sectores Nº 01- San Diego y Nº 02 - Naranjal y Mesa Redonda, debido a la demanda espontánea por parte de sus pobladores; estando por vencer el plazo en esta misma fecha con respecto al Sector Nº 3 – Zona Consolidada I (Urbanización Perú, Condevilla Señor, Ingeniería, Los Jardines, Palao, Fiori, Infantas y Santa Luisa); Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria señala la necesidad de prorrogar los plazos establecidos por la Ordenanza Nº 348/MDSMP para la presentación de las declaraciones juradas en los sectores referidos en el considerando precedente; Que, la Tercera Disposición Final de dicha ordenanza faculta al Señor Alcalde a prorrogar las fechas señaladas en su artículo Quinto, a través de la respectiva norma municipal; existiendo al respecto opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1473-2013-GAJ/MDSMP; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Administración Tributaria; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 348-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 30.NOVIEMBRE.2013 el plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial en los Sectores Nº 1 - San Diego, Nº 2 - Naranjal y Mesa Redonda y Nº 3 - Zona Consolidada I (Urbanización Perú, Condevilla Señor, Ingeniería, Los Jardines, Palao, Fiori, Infantas y Santa Luisa); por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente norma municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Participación Ciudadana, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas; y a la Secretaría General su publicación, como también, a través de la Subgerencia de Comunicaciones, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1008596-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Establecen régimen de facilidades de carácter técnico para la obtención de Licencias de Habilitación Urbana en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2013-MDCH Chancay, 23 de setiembre de 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY