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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506352 Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el artículo precedente. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 15 de octubre de 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1007778-1 Aprueban Ordenanza que desafecta un bien de uso público en el distrito de Puente Piedra ORDENANZA N° 1738 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de octubre de 2013 el Dictamen Nº 97-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 99-2013- MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Único.- Desafectar el Uso del Suelo para el área de terreno de 114.10 m2., constituido por parte del Lote N° 11 Mz. “A” del AA.HH “Primero de Mayo”, distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, promovido por el señora Petronila Margarita Neira Lazaro; y asignar la califi cación de Residencial de Densidad Media – RDM, a dicho terreno, como se indica en el Plano que forma parte del Informe 189-2013-MML-GDU- SPHU-DD de fecha 09 de julio de 2013, de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 22 de octubre de 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1007775-1 Precisan Ordenanza respecto a los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para el Centro Cultural de la Nación en el distrito de San Borja ORDENANZA N° 1739 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA, POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de octubre de 2013, el Dictamen Nº111-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; y, Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LA ORDENANZA 1063-MML RESPECTO A LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS PARA EL CENTRO CULTURAL DE LA NACION EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Único.- Precisar la Ordenanza Nº 1063-MML publicada el 10 de setiembre de 2007, como parte de los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para el Centro Cultural de la Nación en la zonifi cación de Otros Usos (OU), estableciéndose: - Altura máxima de edifi cación con frente a la Av. De la Arqueología y la Calle del Comercio, aplicando el concepto de 1.5 (a+r), es decir 8 pisos (60ml) - Altura máxima de edifi cación con frente a la Av. Javier Prado, aplicando el concepto de 1.5 (a+r), es decir 30 pisos (132.00ml) POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 22 de octubre de 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1007774-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban disposiciones para el sorteo anual del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2013/MM Mirafl ores, 30 de octubre de 2013 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 355/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de julio de 2011, que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias; se ha previsto la realización de sorteos anuales, como parte del grupo de beneficios tributarios otorgados a los contribuyentes que cumplen con el pago oportuno de sus tributos; Que, en ese contexto resulta necesario determinar las disposiciones necesarias para la realización del sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, así como la asignación de opciones de sorteo a los contribuyentes que reúnan los requisitos fijados en el artículo tercero de la Ordenanza Nº 355/ MM;