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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506355 8.4 Entrega del premio y difusión El presidente de la Comisión Organizadora del Sorteo VPM y el Gerente Municipal, en representación de la Entidad, procederán a efectuar la transferencia de los bienes a favor de cada uno de los benefi ciarios. La entrega física de los premios será efectuada por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial a los contribuyentes benefi ciarios o a sus representantes debidamente autorizados, mediante carta poder con fi rma legalizada, quienes deberán suscribir el Acta de Entrega del Premio SORTEO VPM, (ver Anexo 2), en señal de conformidad, en presencia del notario, miembros de la comisión organizadora y autoridades que se designen. Se suscribirán tantas actas como premios existen. La entrega de los premios podrá efectuarse el mismo día del sorteo o en su defecto se programará una fecha posterior, la cual será comunicada al benefi ciario. En caso el contribuyente ganador del sorteo no se acerque a recoger su premio durante el lapso de seis (06) meses, la comisión organizadora del sorteo, a través de su presidente, comunicará a la Gerencia Municipal tal hecho para que ésta disponga del bien según las necesidades de la corporación. El premio no recogido será entregado a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial por los miembros de la comisión organizadora del sorteo, para su custodia respectiva hasta la disposición fi nal del premio por parte de la Gerencia Municipal. La difusión de la entrega del premio estará a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. 9. ANEXOS - Anexo 1: Acta del SORTEO VPM - Anexo 2: Acta de Entrega del Premio SORTEO VPM 1007907-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 348-2013-MDR, que aprobó el otorgamiento de incentivos tributarios por pago al contado DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2013-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO; la Ordenanza Nº 348-2013-MDR que aprueba el Otorgamiento de Incentivos Tributarios por Pago al contado de Deudas Tributarias vencidas, Informe Nº 043 -2013-GR-MDR de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La referida autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 348-2013-MDR de fecha 21 de setiembre del 2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de octubre del 2013, se aprobó el otorgamiento de incentivos tributarios por pago al contado, para todos aquellos contribuyentes del distrito del Rímac, que tengan deudas tributarias pendientes de cancelación en la vía ordinaria o coactiva; benefi cios que están vigentes hasta el 31 de octubre del 2013; Que, el artículo Segundo de la Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la vigencia de la presente Ordenanza; Que, en ese sentido la Gerencia de Rentas, mediante Informe Nº 043-2013-GR-MDR, considera pertinente ampliar el vencimiento de la acotada Ordenanza, con el objeto de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito del Rímac, para que puedan cumplir con el pago al contado de sus obligaciones tributarias, que se encuentren pendientes de cancelación en la vía ordinaria o coactiva; toda vez que pese al tiempo transcurrido desde su vigencia, aún existen contribuyentes que no han podido cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, pero que muestran interés y voluntad para regularizar su situación jurídica tributaria ante esta Corporación, por lo que muchos vecinos del distrito del Rímac plantean la necesidad de ampliación de vencimiento de dicha Ordenanza; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6º del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 348-2013-MDR, que aprobó el otorgamiento de incentivos tributarios por pago al contado, para todos aquellos contribuyentes del distrito del Rímac, que tengan deudas tributarias pendientes de cancelación en la vía ordinaria o coactiva; que demuestren la conducta de cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a cada una de las Subgerencias respectivas en lo que fuere de su competencia, a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Ofi cina de Imagen y Comunicación Social, su difusión. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMAS DÍAZ Alcalde 1008627-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza que establece Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria en la jurisdicción de San Juan de Lurigancho DECRETO DE ALCALDIA Nº 0021 San Juan de Lurigancho, 29 de octubre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, el Informe Nº 777-203-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 519-2013-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 105- 2013-GR/MSJL emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional,