Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2013 (01/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013

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y una comision de soporte regional denominada Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana de Lambayeque. Articulo Tercero.- CREAR la Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana de MORDAZA, como una instancia de soporte tecnico-cientifico y de consulta entre las instituciones publicas y privadas para lograr la gestion integral del Sistema de Alerta Temprana en el ambito de la Region Lambayeque. Esta Comision es parte del componente reactivo del Gobierno Regional de MORDAZA, sera el interlocutor regional en materia de Alerta Temprana ante instituciones publicas y privadas de caracter local, nacional e internacional. Estara presidida por el Jefe de la Oficina de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de MORDAZA, siendo ejercida la vicepresidencia por un representante del sector privado elegido por la mayoria de integrantes de la referida comision. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Comision Regional de Alerta Temprana estara conformada por las siguientes instituciones y organismos: · Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI. · Instituto MORDAZA Peruano ­ IMARPE. · Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI. · Centro de Operaciones de Emergencia Regional ­ COER. · Gobiernos locales, provinciales y distritales de la Region Lambayeque. · Mancomunidades de municipalidades de los valles: Motupe ­ La Leche, Zana y Chancay ­ Lambayeque. · Comite de Gestion del Sistema de Alerta Temprana de la MORDAZA de los MORDAZA Motupe ­ La Leche. · Proyecto Especial Olmos Tinajones ­ PEOT. · Instituto Geofisico del Peru ­ IGP. · Administraciones Locales de Agua de la Region MORDAZA (Olmos ­ Motupe - La Leche ­ Chancay ­ MORDAZA y Zana). · Autoridad Nacional del Agua. · Junta de Usuarios del Chancay ­ Lambayeque. · Junta de Usuarios Olmos ­ Motupe ­ La Leche. · Junta de Usuarios Zana. · Policia Nacional del Peru. · Compania de Bomberos de Chiclayo, MORDAZA, Ferrenafe, MORDAZA, Illimo y Olmos. · MORDAZA Roja Peruana ­ Filial Chiclayo. · SENCICO. · SENATI · Gerencia Regional de Salud. · Gerencia Regional de Agricultura. · Gerencia Regional de Educacion. · Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. · Gerencia Regional de Infraestructura, Construccion, Vivienda y Saneamiento. · Gerencia Regional de Programas Sociales. · Capitania de Puerto de Pimentel. · Septima Division de Infanteria de Lambayeque. · Grupo Aereo Nº 6 · Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo · Universidad Senor de Sipan. · Universidad San Martin. · Universidad MORDAZA Vallejo. · Universidad MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo. · EPSEL. · ENSA. · Aeropuertos del Peru ­ ADP. · Fiscalia de Prevencion del Delito. · Gobernadores provinciales. · ONG CEPRODA MINGA. · ONG CES SOLIDARIDAD. · ONG IMAR COSTA NORTE. · Oficina de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional, cuyo jefe ejercera la presidencia. Articulo Quinto.- ESTABLECER como funciones de la Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana: a) Dialogar, coordinar y concertar con las instituciones publicas y privadas para promover la implementacion de

a la Red Nacional de Alerta Temprana. Los sistemas Regionales de Alerta Temprana tiene componentes sociales y tecnicos que requieren del concurso de diversas instituciones y organismos para garantizar su operatividad, tales como SENAMHI, INDECI, IGP, DHNM, IMARPE, INGEMMET, MORDAZA, CES SOLIDARIDAD y CEPRODA MORDAZA, las mismas que senalan en diversos estudios que nuestra Region MORDAZA se encuentra expuesta a eventos naturales como sismos, tsunamis, lluvias intensas, inundaciones, sequias, bajas temperaturas, heladas, vientos fuertes y el Fenomeno de El MORDAZA, que por la vulnerabilidad existente en la poblacion desencadenan desastres generando cuantiosos danos e irreparables perdidas humanas. Que, siendo necesaria la institucionalizacion del Sistema de Alerta Temprana ­ SIAT en la Region MORDAZA, para contar con la participacion de la Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana de MORDAZA y definir con todos los actores involucrados, los lineamientos, roles, fines, funciones y protocolos del Sistema Regional de Alerta Temprana de MORDAZA, tomando como unidad los espacios territoriales de cuencas hidrograficas y zonas marino-costeras, la Oficina de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana de la Region MORDAZA eleva mediante el Registro Nº 574637 su propuesta de modificacion de la Ordenanza Regional Nº 0122010-GR.LAMB/CR. En MORDAZA se solicita adecuar a la normatividad vigente el Sistema Regional de Alerta Temprana, asimismo, solicita la variacion de su denominacion, integrantes, fines y funciones de la Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana y el agregado de una funcion a las asignadas. Que, mediante Informe Legal Nº 350-2013GR.LAMB/ORAJ, la Oficina regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA senala que. "atendiendo a que los Gobiernos Regionales son los responsables de implementar e incorporar los procesos de la gestion de riesgos de desastres, es pertinente que nuestra entidad implemente los Sistemas de Alerta Temprana ­ SAT, sobre todo en aquellas zonas que permanentemente son afectadas por diversos eventos naturales peligrosos, los cuales deben ser monitoreados y advertidos de su presencia en su momento para evitar o reducir afectaciones y perdidas; por lo que para tal fin, es pertinente que sea puesto a consideracion del Consejo Regional la emision de la ordenanza regional que apruebe la implementacion del Sistema de Alerta Temprana en las cuencas hidrograficas y zonas marino­costeras, ubicadas en el ambito de la Region MORDAZA, ademas de la creacion de una Comision Regional del Sistema Regional de Alerta Temprana de Lambayeque". Estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional, para su promulgacion en un plazo de diez (10) dias naturales; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la implementacion del Sistema de Alerta Temprana en las cuencas hidrograficas y zonas marino­costeras, ubicadas en el ambito de la Region MORDAZA, como una intervencion prioritaria y permanente de preparacion para la atencion de emergencias y desastres y la reduccion del riesgo de desastres, que compromete al Gobierno Regional de MORDAZA, los gobiernos locales, las instituciones y la sociedad civil. Articulo Segundo.- PRECISAR que el Sistema de Alerta Temprana que se impulse en el ambito de la Region MORDAZA, se organizara a partir de las plataformas de Defensa Civil Regional, Provincial y Distrital, conformandose los Comites Comunitarios de Defensa Civil

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