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El Peruano Miércoles 6 de noviembre de 2013 506567 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Autorizan generación eléctrica de la Empresa Pesquera Diamante S.A., ubicado en Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 281-2013-GR/GEMH-LL Trujillo, 15 de octubre del 2013 VISTO: El Expediente Reg. Nº 1266544-2013-GR/ GREMH-LL, sobre Autorización de Generación Eléctrica de Potencia 2535 KW de la EMPRESA PESQUERA DIAMANTE S.A., ubicado Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, Departamento La Libertad. CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056- 2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva Región; Que, con carta PD-PTA.MALABRIGO-ADM-Nº063- 2013 del 18 de Junio del 2013, con Reg. Nº 1266544- 2013-GR/GREMH-LL, del 20 de Junio del 2013, el Sr. Julio Romero Gonzales, solicita la Autorización de Generación Eléctrica de potencia 2535kw, en la Planta Malabrigo, de la Empresa PESQUERA DIAMANTE S.A. , ubicado Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, Departamento La Libertad. Que, con Ofi cio Nº 995-2013-GGR-GREMH-LL, la GREMH-LL comunica las observaciones encontradas en el expediente de Autorización de Generación Eléctrica de potencia 2535kw, en la Planta Malabrigo, de la Empresa PESQUERA DIAMANTE S.A. Que, con carta PD-PTA.MALABRIGO-ADM-Nº089- 2013 del 24 de Julio del 2013, con Reg. Nº 1317424-2013- GR/GREMH-LL, del 24 de Julio del 2013 el titular levanta las observaciones encontradas en el Ofi cio Nº 995-2013- GGR-GREMH-LL. Que, con Ofi cio Nº 1204-2013-GGR-GREMH-LL, de registro Nº 01348360-2013- GGR-GREMH-LL, la GREMH-LL comunica el formato de publicación de avisos en diarios. Que, con carta PD-PTA.MALABRIGO-ADM-Nº077- 2013del 11 de Septiembre del 2013, con Reg. Nº 1392802-2013-GR/GREMH-LL, del 12 de Septiembre del 2013, el titular adjunta las publicaciones en los diarios La República y El Peruano del aviso sobre Autorización de Generación Eléctrica de Potencia 2535 KW en Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, de la Empresa PESQUERA DIAMANTE S.A. Que, la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado la documentación presentada, ha emitido informe favorable Nº 168-2013- GR/GREMH-LL/MRC; que concluye : “El expediente cuenta con los requisitos establecidos en la normatividad vigente y se encuentra operativo a la fecha, por lo que es procedente otorgar la Autorización de Generación Eléctrica de potencia 2535kw. en la Planta Malabrigo, de la Empresa PESQUERA DIAMANTE S.A. , ubicado Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, Departamento La Libertad. Estando a lo dispuesto en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67º del Reglamento, Aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar la Autorización de Generación Eléctrica de Potencia 2535 KW en Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, de la EMPRESA PESQUERA DIAMANTE S.A., ubicado Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, Distrito de Rázuri, Provincia de Ascope, Departamento La Libertad. Artículo 2º.- La presente Resolución Gerencial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a su expedición. Artículo 3º.- La aprobación del presente Estudio Ambiental no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos y otros, que por leyes orgánicas o especiales son de competencia de otras autoridades nacionales, sectoriales, regionales o locales. Artículo 4º.- Remitir al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), copia de la presente Resolución Gerencial, para los fi nes de fi scalización correspondientes. Regístrese y comuníquese. GEANMARCO A. QUEZADA CASTRO Gerente Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos 1008814-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Encargan funciones de Auxiliar Coactiva de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 657-2013-ALC/MLV La Victoria, 28 de octubre de 2013 LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 003-EKLM-SGEC-GR/MDLV del 27 de setiembre de 2013 de la Auxiliar Coactiva Evelyn Karen López Mariluz; el Informe Nº 0196-2013-SGEC- GSAT/MLV del 27 de setiembre de 2013 de la Subgerencia de Ejecución Coactiva; el Informe Nº 089-2013-GSAT/ MLV del 27 de setiembre de 2013 de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; el Memorándum Nº 1510-2013-GM-MLV del 30 de setiembre de 2013 de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 451-2013-GAJ/MLV del 4 de octubre de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica;