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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Miércoles 6 de noviembre de 2013 506555 presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ S.A.C, implica una variación de uno de los contenidos del artículo 53° de El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el traslado del Taller de Instrucción Teórico Práctico de Mecánica, ubicado en Av. Pirámide del Sol N° 423, Urbanización Zárate, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, autorizado mediante Resolución Directoral N° 568-2012-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el artículo 60° del Reglamento, la Resolución que modifi ca la autorización, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 022-2013-MTC/15.pvc de fecha 24 de setiembre de 2013, sobre la inspección ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, el inspector concluye que cumple con lo requerido en el numeral 43.3 del artículo 43° de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe N° 1534-2013- MTC/15.03.A.A.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ S.A.C., acreditada como Escuela de Conductores Integrales, mediante Resolución Directoral N° 568-2012-MTC/15, el traslado del Taller de Instrucción Teórico Práctico de Mecánica al local ubicado en Jr. Chinchaysuyo N° 149, Urbanización Zárate, Distrito San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - ESCUELA DE CONDUCTORES JORGE CHÁVEZ S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELSO MARTÍN GAMARRA ROIG Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1001991-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras para la ejecución de proyecto y actividad en el marco del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 155-2013-DV-PE Lima, 4 de noviembre de 2013 VISTO: El Memorándum Nº 932-2013-DV-PIR DAIS del 30 de octubre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, asi como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, con fecha 24 de setiembre y 11 de octubre del año fi scal 2013, DEVIDA suscribió los Convenios de Cooperación Interinstitucional con las Municipalidades Distritales de Coviriali y Marías, para la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento de la Producción Agraria mediante la Instalación de Sistemas Agroforestales en las Comunidades del Distrito de Coviriali – Provincia de Satipo – Junín” por la suma de S/. 23,000.00 nuevos soles; y de la Actividad Elaboración del Estudio de Pre Inversión y del Expediente Técnico del proyecto: “Rehabilitación y Construcción del Camino Vecinal Chaupiyacu – Chipaquillo-